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Por Pamela Fedra Vallet
Como lo establece en su artículo 56 la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Administración pública porteña y sus entes autárquicos descentralizados son responsables por los daños que ocasionaran y por los actos u omisiones en que se incurriera excediéndose en sus facultades legales. Ahora, varios proyectos de ley presentados en la Legislatura porteña buscan hacer más transparente la actividad legislativa y pretende que, tanto legisladores como funcionarios del Gobierno de la Ciudad, presenten una declaración jurada de bienes al momento de asumir el cargo y al tiempo de cese.
Cabe destacar que por ética pública se entiende al “conjunto de principios y normas que rigen el desempeño de la función pública con honestidad, idoneidad, probidad, rectitud, buena fe y austeridad republicana”.
La realidad indica que este proyecto promete causar polémica en la Legislatura, ya que todos tienen algo que decir sobre esta ley, todos quieren ser autores de esta ley y todos -en definitiva- quieren participar del retorno al debate parlamentario de la controvertida Ley de Etica Pública. Lo cierto es que la tan disputada ley vuelve a ponerse en marcha luego de permanecer en encierro legislativo durante más de tres años.
La iniciativa tiene su historia y se remonta hacia el año 2003, donde fueron presentados en la casa política diversos despachos -tal como ocurre en la actualidad- y entre sus nueve autores figuraban Eugenio Zaffaroni (actual miembro de la Corte Suprema de Justicia), Alberto Fernández (jefe de Gabinete del Gobierno nacional), Enrique Rodríguez (ministro de la Producción del Gobierno de la Ciudad) y el destituido jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra.
La originaria ley asomó en el recinto para su tratamiento el 8 de mayo de 2003 y el despacho legislativo fue aprobado en general, mientras que el tratamiento en particular pasó a un cuarto intermedio que duró hasta la esperada primavera de 2006.
Al parecer, la actual ley de Etica Pública viene recargada de un espíritu similar a la frustrada, ya que establece en su artículo 1° “que todos los integrantes del Poder Ejecutivo de la ciudad de Buenos Aires, así como también los miembros de la Legislatura porteña cumplan con los postulados de la ética pública en el ejercicio de sus funciones, también establecer los mecanismos para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción”.
Es necesario indicar que la autoridad de aplicación para el control y cumplimiento de esta controvertida ley estará a cargo de la Sindicatura General de la ciudad de Buenos Aires, para los funcionarios del Gobierno de la Ciudad; y por la Junta de Etica, Acuerdos y Organismos de Control para los miembros de la Legislatura capitalina.
Entre las funciones y atribuciones de estos organismos de control se cuentan: redactar el reglamento de Etica Pública, poner en conocimiento del Ministerio Público, de la Justicia y otros organismos de la ciudad los hechos y denuncias que dieran lugar al impulso de la acción pública, efectuar denuncias pertinentes, elaborar un informe anual sobre lo actuado, entre otros.
En tanto que en su segundo artículo se especifica que la ley alcanzará desde el jefe de Gobierno hasta el cargo de jefe de departamento y sus equivalentes en la Legislatura, y entre los deberes de los funcionarios se señala “declarar bajo juramento y modificaciones ulteriores”. Por lo tanto, quienes no lo hagan en los plazos previstos serán intimados por la autoridad de aplicación.
En cuanto a las incompatibilidades con el ejercicio de la función pública, el artículo 13 implanta “ser proveedor o contratista del Estado así como la realización de gestiones, patrocinio o cualquier otra forma de prestación de servicios que signifique un beneficio del Estado”.
Olvidar regalos
El proyecto en cuestión exige que los funcionarios no reciban “regalos, obsequios o donaciones con motivo de sus funciones, salvo que sean de uso social, protocolares o de costumbre diplomática”.
Por el momento, sólo hay que aguardar a que la Comisión de Legislación General de la casa política consensúe uno de los proyectos o, por el contrario, efectúe una iniciativa que contemple diversos puntos expresados por los diferentes proyectos.
Hay una “pelea” y discusión constante por parte de los legisladores por alcanzar el título y así poder empezar a trabajar la ley: ¿ética pública o transparencia? Habrá que esperar un tiempo significativo más para tomar nota al respecto, porque todavía hay que resolver con qué proyecto deciden quedarse: el ARI, por ejemplo, plantea controlar a las ONG.
La tarea al parecer no será sencilla y con suerte el próximo año recién llegará al recinto para tratamiento y posterior aprobación. |