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“El Congreso no está atado a los criterios del Poder Ejecutivo”

21-6-2008

El constitucionalista Félix Loñ está convencido de que las retenciones son inconstitucionales y no duda de que así lo considerará la Corte Suprema cuando llegue el momento de pronunciarse sobre el tema.

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Especialista en Derecho Constitucional, Félix Loñ es uno de los constitucionalistas más consultados a la hora de analizar la validez o no de determinados hechos que lleva adelante el poder vigente. Hasta diciembre pasado cumplió un rol de asesor en el Senado, actividades que desarrolló durante los últimos casi veinte años en ese ámbito. Razón por la cual considera tener la autoridad suficiente para advertir que, después de haber visto varios Parlamentos y varios presidentes, “nunca ví un Congreso tan vaciado como este último”.

- ¿Son inconstitucionales las retenciones?

- Sí, ninguna duda, porque es un impuesto.

- ¿Es una cuestión semántica si es o no un impuesto?

- ¿Sabe lo qué pasa? No existe la retención. En la doctrina moderna del derecho financiero, bajo el género tributo existen varias especies: están los impuestos, las tasas, o las llamadas contribuciones de mejora. Esa es la manera que tiene el Gobierno de exigirle a los habitantes para poder solventar el sostenimiento del aparato estatal, y realizar también obras públicas, atender a la salud, la educación, para eso están los impuestos. Otra manera de obtener dinero por parte del Estado son los empréstitos, es decir los préstamos que puedan requerir. Pero los empréstitos son reembolsables, por ejemplo: si contraemos deuda en el exterior, tenemos que pagarla, esa es la deuda externa. Estos son los mecanismos que tiene el Gobierno para obtener dinero y sostener su actividad. ¿La retención es reembolsable? No, entonces eso es un impuesto. Además, la famosa resolución 125 no menciona para nada la palabra retenciones, habla de “derecho de exportación”. Es la misma terminología que utiliza la Constitución, diciendo que “le corresponde al Congreso la atribución de establecer derechos de importación y exportación”. Esos son los llamados impuestos.

- O sea que por la vía judicial el Gobierno no tiene manera de sostener las retenciones…

- Creo que si simplemente apoyándose en sus precedentes, la Corte Suprema va a declarar la inconstitucionalidad de las retenciones.

- Pero el Gobierno se ampara argumentando estar autorizado por el Código Aduanero.

- El Código Aduanero data de 1981, y tome nota lo que pasaba en el país en ese entonces. El mismo delega en el Poder Ejecutivo la posibilidad de establecer el derecho de exportación. Nunca habla de retenciones el Código Aduanero; la resolución 125 nunca habla de retenciones, sino de derechos de exportación, y eso es el impuesto a la exportación. Eso era inconstitucional ya cuando se lo dicta, porque la Corte Suprema tenía establecido que no es admisible en nuestro sistema constitucional -y estoy hablando del año 1927- la delegación total de una facultad de un órgano en otro órgano de poder. No es admisible, solamente permite la delegación legislativa para fijar pormenores o detalles necesarios para la ejecución de las leyes. Por lo tanto, esa norma del Código Aduanero es inconstitucional. Si esto era así antes, lo es con más razón ahora, porque es la Presidenta -quien desconoce mucho de jurisprudencia y de Constitución, por lo menos lo está mostrando a través de sus manifestaciones-, debería saber que a partir de 1994, con la reforma de la Constitución, se prohíbe la delegación legislativa y solamente se la admite en caso de emergencia, pero siempre y cuando el Congreso fije las bases y por un plazo determinado. Atento a eso se admitió la delegación legislativa, pero bajo esas condiciones. Pero la Corte Suprema, interpretando esta disposición ha señalado que eso es posible para cualquier materia, menos la impositiva. El impuesto lo debe establecer el Congreso.

- Todo esto se hubiera podido evitar con el aval inicial del Congreso.

- Pero como todos sabemos, el Gobierno rehuye el debate parlamentario, quiere que el Congreso esté en silencio. Ustedes de Parlamentario, que tienen una larga presencia ahí, habrán podido observar que este ha sido el Congreso de menor actuación en el ámbito de las decisiones políticas.

- Ahora sí está en el Congreso, ¿qué cambia entonces?

- Lo que ocurre es que este impuesto a la exportación tenía un vicio de origen, porque estaba establecido por un órgano sin competencia para ejercer esa atribución. El Congreso supera esa posibilidad, pero se mantiene la dificultad, porque los impuestos arriba del 33% son confiscatorios. Por lo menos eso lo tiene que modificar el Congreso.

- ¿Y eso de que viene “a libro cerrado”?

- No, no. El Poder Ejecutivo tiene iniciativa legislativa, puede enviar al Congreso proyectos de ley, nada más que eso, pero el Congreso puede desechar el proyecto, no tratarlo, puede hacer uno nuevo y puede hacer lo que considere adecuado, porque su misión constitucional es hacer la ley. Así que de ninguna manera está atado a los criterios del Poder Ejecutivo. La pretensión del PEN de que el Congreso ratifique eso es nada más que seguir insistiendo en la postura inaugurada por Kirchner de que el Congreso no puede modificar las iniciativas del Poder Ejecutivo. Lo que tiene que hacer ahora el Congreso es consultar a los sectores, como generalmente se hace en los proyectos de ley involucrados, se busca la solución de consenso. Para eso está el Congreso, esa es su misión y no ratificar lo que le manda el PEN. ¿Para qué quiero el Congreso? ¿Para qué tengo 257 diputados y 72 senadores? ¿Para que se limiten a aprobar lo del Poder Ejecutivo?

- Hoy todo el mundo corta rutas como si fuera la única manera de ser escuchados…

- Es consecuencia de las políticas de un Gobierno que ha perdido credibilidad. Nos miente todos los días con la inflación; nos miente que no hay crisis energética; dice que estas son retenciones, las dispone el Gobierno unilateralmente con una resolución administrativa… Cuando los señores feudales acuerdan con el rey Juan Sin Tierra la llamada Carta Magna, ¿cuál fue el motivo desencadenante de ese pacto? Que el monarca no podía establecer contribuciones especiales sin el consentimiento de los señores feudales. A partir de allí se consideró una atribución de los parlamentos el establecer los impuestos. Y ahora resulta que han inventado, el señor Kirchner y la señora Presidenta, que los impuestos los puede poner el Ejecutivo directamente. ¡Esa es una cosa insólita!

- ¿Cómo se puede volver a la vigencia de la ley?

- Simplemente cumpliéndola. Por eso la vía del Poder Judicial es la que hay que utilizar, tener paciencia, no ceder al propósito de enfrentamiento del Gobierno, que claramente está estimulando el enfrentamiento que se está dando. Fíjese, los transportistas están pidiendo la solución de fondo, siendo ajenos porque no son productores, pero el Gobierno ha dispuesto por su sola decisión que se acabó el problema del campo, porque según el Gobierno ha adoptado las soluciones necesarias para ello. Y el campo sigue diciendo “no señor, acá no hay política agropecuaria, solamente hay un impuesto inconstitucional”… Estamos en una situación realmente muy grave, provocada por la rigidez del Gobierno.

- Días pasados la oposición intentó sin éxito obviamente derogar los superpoderes.

- Los superpoderes tampoco autorizan al Gobierno a crear impuestos. Fíjese, que la Ley 24.156, del control de la actividad financiera del Estado, que creó la Auditoría General de la Nación, establece que para cualquier aumento que afecte al Presupuesto, o también para el aumento del endeudamiento, para cambiar la finalidad de las partidas presupuestarias y para pasar gastos de capital a gastos corrientes, se requiere el consenso del Congreso.¿Qué hizo la Ley de Superpoderes? Dijo que no es necesario el consenso del Congreso para modificar las aplicaciones financieras, cambiar la finalidad de partidas presupuestarias y para pasar gastos de capital a gasto corriente. Pero con respecto al aumento del Presupuesto, eso sí sigue requiriendo el consenso del Congreso. Ahora, si yo aumento los impuestos, estoy aumentando el Presupuesto. Eso lo decidió unilateralmente el Gobierno; la Presidenta directamente, sin ninguna intervención del Congreso, dispuso donde aplicaría una parte de las retenciones, el excedente. Ella directamente dijo que las va a aplicar a esto. A ver si nos ponemos de acuerdo: en materia de impuestos, quien establece y quien elabora además el Presupuesto, es el Congreso. Es la llamada ley de leyes porque establece nada menos que dónde voy a aplicar el dinero de los contribuyentes. Porque el dinero no es del Presidente, el dinero es nuestro, y en nuestro sistema constitucional hemos derivado en la Cámara de Diputados como cámara de origen y en el Congreso el establecimiento de en qué se va a gastar el dinero público. Que no es del Presidente… El cree que este es su dinero, se lo saca a las provincias, lo aplica donde quiere, hace lo que le parece…

- Usted dice “el Presidente”. ¿El es quién está gobernando?

- Claro, en materia económica es ostensible. En materia económica, la Presidenta prácticamente no hace nada.

- ¿Y en el resto?

- No sé, hará lo que pueda. Pero no, hay otras materias que al Presidente no le interesan: tecnología, educación, salud, esas cosas no le preocupan…

- Usted sostuvo hace tiempo que no recordaba tal atropello a las instituciones. Lo malo es que lo dijo hace un par de años…

- Ya era visible entonces. Se ha agravado con el tiempo. En ese ínterin se dictó la Ley de Superpoderes, la reforma del Consejo de la Magistratura, donde hoy ya creo que es evidente cual fue el propósito del Gobierno, debido a las últimas iniciativas de la diputada (Diana) Conti para quitarle el secreto a las pruebas que rinden los candidatos a los cargos concursados para cubrir vacantes de jueces. Hasta ahora se hace la prueba y se mantiene en secreto para que quien califica esa prueba no sepa de quien es y sea lo más objetiva posible. Ellos quieren quitar esto y considerar que es decisiva la exposición que hacen directamente ante el Consejo; luego de eso deciden cómo se integra la terna.
Fíjese qué ministro de Justicia tenemos, que requiere que todos los oficios requiriendo acciones de las fuerzas de seguridad tienen que pasar por su tamiz.

¿Eso cómo se interpreta?

- Para preservar la impunidad de los funcionarios públicos. Cuando un juez requiere un allanamiento, este tiene que ser sorpresivo. El único que lo puede conocer es el juez y el funcionario que lo va a hacer; más aún, la Policía no sabe adonde va, es el secreto.

- ¿Eso es para elegir a dedo?

- Claro, para decidir quién hace la prueba y dicen “bueno, a mí me gustó más la exposición que los antecedentes, no tienen valor los antecedentes”. Eso es muy subjetivo y como además el apoyo de ellos es decisivo para la integración de la terna, tiene más de un tercio el oficialismo, entonces sin el acuerdo de ellos no hay terna. Creo que hoy ya es evidente.

- En definitiva, su conclusión es muy pesimista…

- El Gobierno confunde autoridad con autoritarismo y de esto se sale mediante la racionalidad y para ello sería necesario que el Gobierno procurara saber lo que pasa a su alrededor. La conducción autoritaria, al hundirse en su soberbia, se aísla de la sociedad y daña concretamente los intereses de las personas y de la comunidad.

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