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Pólizas confiables

15-9-2006

Proponen un registro de seguros de vida para facilitar el cobro de la indemnización por parte de los beneficiarios.

Por Julio El Alí


Muchos ciudadanos tienen contratado un seguro de vida, sean éstos individuales o colectivos. Estos seguros de vida son tomados por sí mismos de manera voluntaria, o en ocasiones la condición de asegurado deriva de la contratación de operaciones y servicios de todo tipo, como también del ámbito laboral.

El propósito del seguro de vida es otorgar una indemnización a los beneficiarios o herederos legales en caso de fallecimiento del asegurado. Este beneficio consiste en una suma de dinero que puede pagarse de una sola vez o bien en forma de una renta financiera. Los destinatarios son los beneficiarios designados en la póliza.

En definitiva, el seguro de vida da seguridad económica a los beneficiarios cuya estabilidad financiera pueda verse amenazada ante la muerte del asegurado. Sin embargo, sucede con demasiada frecuencia que, en caso del deceso del asegurado, sus posibles beneficiarios no están en condiciones de reclamar su cobro y pierden la indemnización por desconocer la existencia del contrato de seguro, ya que la ley de Seguro establece un plazo de prescripción de un año.

Entonces, el seguro de vida se ha transformado en un problema para aquellos que, cargados todavía del dolor por la pérdida de un ser querido, no han podido obtener el beneficio correspondiente.

Para solucionar esta problemática, que se da en una situación tan particular como es la pérdida de un ser querido, la diputada oficialista Nora César presentó un proyecto para crear un registro de seguros de vida y así permitir que los beneficiarios reciban la indemnización correspondiente.

Situación común

Una de las cuestiones a resolver es que el asegurado ni siquiera tiene en su poder copia del contrato de póliza o el beneficiario no tiene conocimiento de dicho seguro. Ante el desconocimiento, existe una ausencia de reclamo de los beneficiarios y, por otra parte, la prescripción de estos derechos es muy rápida, ya que sólo un año es el tiempo límite para solicitar el cobro a la aseguradora. A raíz de esto, las compañías aseguradoras se alzan con un dinero que no les corresponde, porque muchas pólizas quedan sin cobrar, lo que transforma a esta anomia de información en un negocio redondo.

El objetivo principal de este proyecto es evitar dicha cuestión y propone, a través de un registro, saber el nombre de la compañía aseguradora ante la que debe presentarse el interesado, requisito sin el cual no es posible presentar ninguna solicitud.

A pesar de que en la actualidad existe una normativa que regula el contrato de seguro, las previsiones de la Ley 17.418 no contemplan mecanismos que den respuesta adecuada a esta cuestión.

En la actualidad, la iniciativa se encuentra siendo estudiada en la Comisiones de Presupuesto y de Legislación General. En un principio, al tratarse de un tema social, no habría demasiadas piedras en el camino para ser aprobado.

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