El próximo miércoles 15 de febrero habrá una movilización a Plaza de Mayo para reclamar por la derogación de la Ley Antiterrorista.
Peronismo y presidencialismo
11-3-2010
Por Jorge J. Cortabarría
Sr. Director:
La Presidenta de la República y los presidentes de los bloques oficialistas en el Congreso de la Nación han expresado opiniones disparatadas y peligrosas sobre qué significa “régimen presidencialista” (p. ej., el martes último Agustin Rossi dijo un disparate antológico para respaldar la afirmación de CFK de que prefiere desacatar una orden judicial a ser condenada por la historia por no pagar la deuda pública): creen de veras que significa superioridad del PEN sobre los otros poderes del Gobierno, cuando si fuese así el Congreso no podría destituir al titular del PEN ni la Justicia suspender o dejar sin efecto definitivamente una medida del PEN. En todo caso, el poder constituido supremo es el Congreso, que puede destituir tanto al Presidente de la República como a los jueces de la Corte Suprema y dicta normas jurídicas sólo inferiores a la Constitución Nacional.
Nuestro sistema de gobierno es llamado presidencialista no porque el PEN sea superior a los otros poderes constituidos sino porque no puede ser removido por una simple mayoría legislativa (a diferencia de los sistemas parlamentarios), porque su titular no surge del Legislativo sino del voto popular directo (como acá) o indirecto (como en EE.UU. y acá hasta 1995 con excepción de 1951 y 1973) y porque el PEN puede observar (generalmente llamado “vetar”) leyes sancionadas por el Congreso, el cual puede imponerse si insiste con los dos tercios de cada una de sus Cámaras.
El hiperpresidencialismo (nombre que recibe el cesarismo en los regímenes republicanos contemporáneos) ha sido una tendencia histórica del peronismo. La Constitución Nacional sancionada en 1949 ampliaba las atribuciones del Poder Ejecutivo nacional, el peronismo atenuó las intenciones parlamentaristas del alfonsinismo en la reforma constitucional de 1994 (de ahí las contradicciones y ambigüedades de varias cláusulas nuevas de la ley suprema argentina) y los Presidentes de filiación peronista siempre han tendido a prevalecer y sus legisladores a subordinarse a las orientaciones de los titulares del PEN que fuesen de su mismo partido político. Lo mismo ocurrió en las provincias, donde la tendencia a la reelección consecutiva del Gobernador ha sido una fuerte tendencia del peronismo de cada una de ellas.
Atte.
Jorge J. Cortabarría
Abogado – doctor de la UBA
Luján
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