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Cuando una buena parte de los ciudadanos de la provincia de Buenos Aires estaban en la ruta, el gobernador bonaerense Felipe Solá anunció la entrada en vigencia de la Emergencia Vial y envió a la Legislatura una nueva normativa para actualizar el Código de Tránsito provincial.
La iniciativa del Ejecutivo no mereció críticas espontáneas de los legisladores, pero a medida que se avanzó en el análisis del marco legal que se propone, así como también en el decreto que establece las normas provisorias hasta tanto se apruebe la ley, las críticas empezaron a escucharse, fundamentalmente sobre los alcances de las resoluciones tomadas por Solá.
Puntos a resolver. Los referentes del FpV advirtieron de entrada que el proyecto de ley que reforma el Código de Tránsito iba ha generar roces, incluso en el interior del bloque político.
El malestar en torno de la iniciativa enviada por Solá gira alrededor de tres puntos: quién será la autoridad de aplicación de los controvertidos radares -municipales o provinciales-; quién actuará en los controles de alcoholemia -autoridades locales o provinciales- y cuál es el límite para la “publicidad en ruta” que, según la norma, apunta a solucionar la “contaminación visual” pero que para muchos esconde otra discusión de fondo relacionada con el negocio de la publicidad en medio de un año electoral. Según el proyecto del Ejecutivo, la Dirección de Vialidad provincial deberá ser la máxima autoridad.
La discusión también se centró sobre la regulación o no de las marchas y cortes de calles. En el proyecto se establece que quienes quieren manifestarse deberán solicitar permiso a las autoridades y además responder por los eventuales destrozos, personalmente o contratando un seguro. Además, según el texto, se podrán prohibir las manifestaciones si no existieran vías alternativas para el tránsito.
Pero, además, el Poder Ejecutivo, envió luego tres mensajes correctivos en donde se establecen nuevas pautas para los mayores de 65 años que deberán rendir el mismo examen que aquellos que lo soliciten por primera vez.
Además se solicitará la presentación de un certificado del Registro Unico de Infractores de Tránsito de la Provincia y otro del Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito, dos certificados que tienen un costo.
Por otra parte, el senador radical Enrique Honores exhortó al Poder Ejecutivo bonaerense a “ajustarse a los procedimientos previstos en la Constitución provincial en cuanto al establecimiento de juzgados y designación de jueces en atención a lo establecido por el decreto” del gobernador, específicamente en lo que atañe a la creación de la Justicia de Infracciones de Tránsito provincial.
En los fundamentos de su presentación parlamentaria, señala el legislador radical que “por aplicación de principios de supremacía constitucional los decretos de necesidad y urgencia que dicte el gobernador deben tener las mismas limitaciones que las que la Constitución de la Nación le fija al Poder Ejecutivo Nacional. En tal sentido -explica- la Carta Magna prohíbe dictar decretos de necesidad y urgencia en ‘materia penal’, y una norma que establece infracciones con penas de arresto de hasta 60 días está regulando en ‘materia penal’ en sentido amplio”.
Al mismo tiempo, en la Cámara de Diputados se presentó un proyecto que propone modificaciones a la ley 11.430 conforme a lo establecido por el decreto 40/07, a través del cual se dispuso la emergencia en la circulación vial.
Las modificaciones propuesta por el diputado del FpV, Darío Giustozzi, remiten al orden de los transportes públicos de pasajeros. Allí se plantea la posibilidad de prohibir la utilización, en vehículos de media y larga distancia de los denominados colectivos de doble piso. También se pretende regular el uso de los cinturones y la implementación de Sistemas de Monitoreo Satelital de vehículos. |