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El ingresó en la Legislatura bonaerense de un proyecto de ley destinado a regular el tráfico de informaciones de índole privada de cualquier tipo, por parte de empresas o terceros, incluyendo antecedentes financieros, políticos o religiosos, amenaza con reavivar un debate que se demora desde 1994.
La vida cotidiana está llena de casos concretos en los que muchas personas tienen la completa certeza de que datos o informaciones sobre ellos mismos se divulgan contra su voluntad o, al menos, sin su conocimiento o consentimiento.
Inoportunos llamados telefónicos por parte de vendedores de productos diversos, quienes demuestran disponer de certeros conocimientos sobre preferencias o antecedentes financieros de sus involuntarios interlocutores pueden ser una buena prueba de ello.
Claro que, aunque molestas e invasivas, estas situaciones sólo podrían ser la punta del iceberg sobre lo que, en realidad, se convierte en una flagrante violación de la garantía constitucional de protección de la privacidad de las personas.
Antecedentes
Para reglamentar los institutos creados en la reforma constitucional de 1994, tal es el caso de hábeas data, en la Cámara de Diputados, en particular, y en la Legislatura de la provincia de Buenos Aires, en general, se dieron varios pasos infructuosos. La Legislatura aprobó la ley 11.666, en la que se creó una comisión bicameral para encargarse de estos menesteres, la que nunca se puso en funcionamiento. En la Cámara de Diputados, el entonces presidente Osvaldo Mércuri impulsó la creación de una comisión para el mismo fin y de allí salió airoso un proyecto de regulación de la garantía de hábeas data. De hecho, el proyecto fue aprobado por la Cámara joven, pero encontró su fin en el Senado.
Ese proyecto fue presentado nuevamente -reproducido- por el diputado radical Gustavo Ferrari, que desde el 1 de marzo del 2005 esperó en vano su tratamiento. En la próxima sesión de Diputados ese proyecto tomará estado parlamentario por dos años más.
A mediados del 2006, la diputada peronista de Olavarría, Alicia Tabarés de Hueso, hizo su aporte a la discusión sobre hábeas data y elaboró un proyecto que fue masticado en el bloque del PJ. Se trata de una especie de síntesis del pensamiento de esa bancada. A finales del mismo año, el movedizo diputado del FpV y presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia, Marcelo Feliú, hizo público un proyecto sobre la regulación de esta garantía y el debate parece cobrar nuevos bríos.
Es más, el influyente diputado bahiense no pierde la posibilidad de aclarar que el proyecto es un “marco integral y podría ser aprobado tal como está, pero la idea es unificar despachos con los otros existentes en la Cámara e ir a fondo para que finalmente tengamos la ley”.
Nuevo proyecto
En procura de dotar al Estado de mayores herramientas a la hora de cumplir su papel como guardián de la intimidad de sus habitantes, con autoría del diputado Marcelo Feliú se elevó el proyecto de ley destinado a regular la recopilación y manejo de datos referidos a personas.
Esta normativa alcanzaría, entre otros ítem, a los actuales sistemas de comercialización de información bancaria, tal el caso del servicio conocido popularmente como “Veraz”, el cual suministra el historial económico de una persona a solicitud de otra.
“En los últimos tiempos se advirtió un creciente conflicto entre los avances tecnológicos imperantes y el derecho a la intimidad, en especial en cuanto concierne al registro de antecedentes o datos que se refieren a las personas”, consideró el legislador bahiense. En otros Estados se ha legislado y alertado sobre el peligro de contaminación de las libertades a través de determinados desarrollos informáticos, que terminan resultando perjudiciales para los individuos y su entorno.
Para ello, Feliú consideró indispensable que los ordenamientos jurídicos comiencen a elaborar normas que reaccionen en defensa de los individuos, ya sea contando con instrumentos que resguarden la privacidad o impidan captar datos sin autorización de los sujetos afectados.
Garantía moderna
El instituto del hábeas data es una de las garantías constitucionales más modernas y su denominación proviene de una voz latina (“hábeas”) que se traduce como “conserva o guarda tú” y de una inglesa (“data”) que significa “información”. De allí que la traducción literal de hábeas data sea “conserva o guarda tus datos”.
Parafraseando al jurista Miguel Angel Ekmekdjian, el diputado bahiense explicó que este instrumento tiende a proteger al individuo contra calificaciones sospechosas incluidas en registros tanto estatales como privados que, sin darle derecho de contradecirlas, puedan llegar a perjudicarlo de algún modo.
Papel de jueces
Uno de los aspectos novedosos de esta propuesta se refiere a que, luego de presentada la demanda y en cualquier estado del juicio, el juez interviniente -ya sea de oficio o a petición de parte- podrá decretar medidas de no innovar a los efectos que el demandado se abstenga de realizar publicidad o cesión de datos a terceros, medida ésta que regirá hasta la culminación del proceso.
“En conclusión, ésta será una manera de devolverle a las personas su potestad sobre la información que resulte de sus actos y, en concordancia con lo que entienden los máximos Tribunales Nacionales en estricto cumplimiento de pactos internacionales, el reconocimiento del derecho a decidir por sí mismo en qué medio compartirá con los demás sus pensamientos, sus sentimientos y los hechos de su vida personal, tanto como ocultar algún hecho por entender que su difusión podría perjudicar a algún sujeto”, finalizó. |