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Seis para el quiebre

15-6-2007

Tres diputados de la Comisión de Justicia y tres de Legislación General conformarán una subcomisión para tratar los proyectos que pretenden modificar la Ley de Quiebras y Concursos.

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Por Julio El Ali

24.522 es el número de la ley que senadores y diputados, sin distinción de partido, quieren reformar en algún aspecto. Por lo tanto, convierten a la Ley de Concurso y Quiebras (Nº 24.522) junto al Código Electoral Nacional y la Ley de Tránsito, es la norma con más proyectos presentados para ser reformada.

En la Comisión de Justicia y de Legislación General de la Cámara baja se encuentran más de 20 iniciativas para modificar distintos aspectos de la Ley de Quiebras y Concursos. Una de ellas pertenece al Poder Ejecutivo, que envió un proyecto para la optimización del recupero de los créditos tributarios en favor del Fisco Nacional, de la Ciudad de Buenos Aires, y de las demás jurisdicciones provincias y municipales del país. Además se suman 11 iniciativas que se están estudiando en el Senado y pueden ser aprobadas en el transcurso del corriente año e incorporarse al paquete de proyectos de modificación.

Ante esta cantidad de propuestas sobre la misma temática, desde la Comisión de Justicia surgió la idea de crear una subcomisión, entre ambas comisiones competentes, para estudiar las iniciativas.

La formación de esta subcomisión está avanzando, pero todavía falta la definición formal y los procedimientos de rigor. En una primera instancia, por parte de la comisión de Justicia, los diputados que se anotaron fueron Nora César, José Laurito y Laura Sesma. En el caso de Legislación General, todavía no están los nombres de los legisladores que formarían parte de la subcomisión.

Dentro de los proyectos para reformar la Ley de Quiebras, encontramos diversos aspectos.

Acuerdo preventivo

Entre los temas más recurridos se encuentra el acuerdo preventivo extrajudicial. Uno de los proyectos que tienden a modificar pertenece al presidente de la Cámara de Diputados, Alberto Balestrini, y al titular de la Comisión de Justicia, Luis Cigogna. Los autores explican que “se debe ser muy cuidadoso respecto de los efectos del acuerdo extrajudicial, pues se puede afectar el crédito de los acreedores con la concurrencia de sólo algunos sin citación de los que no han consentido y sin un estricto control judicial -sentencia verificatoria- y del síndico ayudado por los propios acreedores que pueden observar a los insinuantes y los derechos de que se jactan”. En el fundamento del proyecto se asegura que el principal error de la legislación actual radica en la publicación de la homologación en el Boletín Oficial, lo que no resulta suficiente para garantizar que todos los acreedores (los que no fueron contactados por el deudor para arribar al acuerdo) conozcan del acuerdo propuesto. Es probable que los más profesionalizados (bancos, financieras, compañías de seguro, etc.) puedan organizar un sistema de control, pero los más pequeños (pequeños proveedores, pymes y acreedores privados) seguramente se enterarán cuando la situación sea ya prácticamente irreversible y le sean aplicables los efectos, con mengua de su crédito, y plazos.

Otras tres iniciativas, que plantean modificar el acuerdo preventivo, no difieren en su origen y también se basan en los artículos 69 de legitimidad; el 70 de forma; el 71 de libertad de contenido; el 72 requisitos de homologación; el 73 de mayorías; el 74 de publicidad; y el 75 de oposición de acreedores. Los autores de éstas son Alfredo Atanasof, Luis Galvalisi, Alicia Comelli, Oscar Lamberto, Jorge Vanosi y Andrés Zottos; y la tercera corresponde a Gerónimo Vargas Aignasse.

Deudas no dinerarias

A este aspecto se aboca el diputado Juan José Alvarez, quien presentó un proyecto para modificar el artículo 19, que trata sobre los intereses y las deudas no adineradas. En la iniciativa explica que la ley 24.522 mantuvo, como piedra angular en la estructura del nuevo ordenamiento las instituciones y esquemas, contenidos en la ley 19.551, que se habían considerado útiles y de eficiencia probada, agregando a continuación que la reforma propiciada perseguía diversos objetivos claramente identificables, entre los cuales se encontraba el tratamiento particular de las relaciones laborales.

“Sin embargo, los resultados que arrojó su aplicación durante más de 20 años no fueron precisamente positivos en cuanto al elemental derecho de los trabajadores a percibir su salario, a la integridad del régimen de la Seguridad Social y a la pregonada necesidad de mantener las fuentes de trabajo”, concluyó el diputado.

Publicación

Otro de los puntos más problemáticos es la publicación de edictos, sus tiempos y sus formas. Entre los proyectos presentados para modificar este artículo se encuentra el de la diputada kirchnerista Carolina Moisés, otro perteneciente a Raúl Solanas, y uno a la senadora puntana Liliana Negre de Alonso. Los tres apuntan a mejorar la comunicación y evitar que exista confusiones.

Los diputados tendrán una ardua tarea para reformar puntos de la Ley 24.522, a pesar de que hay varios que se repiten en su aspecto, considerando que los tiempos no sobran en épocas de elecciones y los intereses están puestos en otros aspectos.

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