En el marco del encuentro "Procedimiento, garantías y penas en los sistemas de responsabilidad penal juvenil. Experiencias latinoamericanas comparadas”, que se realizará el 20 de Noviembre próximo, la Asesoría General Tutelar de la Ciudad de Buenos Aires invita a Ud. A participar de la mesa redonda con especialistas en temas de Infancia y Justicia que se realizará el día 21 de noviembre, a las 11, en la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), en Avenida de Mayo 651, 2do piso.
La mesa redonda contará, con cuatro personalidades de distintos países latinoamericanos, especialistas en legislación penal juvenil como Joao Batista Costa Saraiva, de Brasil, Juez en el Juzgado Regional de la Niñez y Adolescencia de Santo Angelo, Profesor del Posgrado en derecho de la niñez de la Fundación de la Escuela Superior del Ministerio Público del Estado de Rio Grande do Sul; Alejandro Rojas, Abogado de la Defensoría Pública de Costa Rica a cargo de los asuntos penales juveniles; Alejandro Miguel, Juez Penal de Menores de la Provincia de Mendoza y Carlos Bigalli, Asesor Tutelar de la Ciudad. El encuentro será moderado por la Asesora General Tutelar, Laura Musa.
Cabe destacar que Brasil, pionero en la región, sancionó el Estatuto del Niño y del Adolescente en 1990. Éste comprende exclusivamente aquellos supuestos en los que una persona menor de dieciocho años comete un delito, colocándolos fuera del sistema de justicia penal de adultos, las sanciones – llamadas medidas socioeducativas - son diferentes, los jóvenes gozan de todas las garantías procesales y sustantivas de las que goza un adulto, la privación de la libertad es excepcional, alternativa, limitada en el tiempo y breve, se prevén soluciones alternativas frente al conflicto y están excluidos de este sistema los niños menores de doce años.
En el caso de Costa Rica, la Ley de Justicia Penal Juvenil se aplica a las personas entre los doce y los dieciocho años que cometan hechos tipificados como delitos o contravenciones. La ley distingue dos grupos etarios: entre doce y quince años, y entre dieciséis y dieciocho años no cumplidos. Respecto de las personas menores de doce años prevé que los casos serán remitidos por los juzgados penales juveniles al órgano administrativo de protección a fin de brindar la atención y el seguimiento necesarios. Las sanciones privativas de la libertad más grave, el internamiento en centro especializado, solo puede dictarse cuando se trate de delitos dolosos sancionados por el Código Penal o por leyes especiales con pena de prisión superior a seis años y en el caso de incumplimiento injustificado de otras sanciones. Se prevé también el control de la ejecución de las sanciones.
En ambos países, las leyes han transformado la condición de los jóvenes imputados de la comisión de delitos, reconociéndoles su condición de sujetos y sus derechos.
En cambio en nuestro país, el Régimen Penal de la Minoridad vigente es el Decreto Ley 22.278/1980, que es una herencia de la dictadura militar. El mismo establece disposiciones diversas según se trate de mayores de 16 años pero menores de 18 o de menores de 16 años. En todo caso, la ley vigente constituye una síntesis perfecta de lo peor de dos mundos: la brutalidad de un derecho penal de adultos aplicado a menores de edad y la discrecionalidad seudo tutelarista del no derecho de menores.
Para la primera faja etarea (16-18 años), cuando cometido un delito el juez ordena un tratamiento tutelar, de cuyo resultado depende que el “menor” sea devuelto a sus padres o juzgado como adulto al cumplir los 18 años por los hechos cometido cuando era menor de edad. Para los menores de 16 años, considerados inimputables, la situación, si se quiere, es tal vez peor. En estos casos, la discrecionalidad es tal, que la privación de libertad, puede ser hasta los 21 años.
En el Congreso Nacional existen más de 10 proyectos de ley – sin tratamiento - de creación de un sistema de responsabilidad penal juvenil. El tema ocupa las noticias cada vez que una persona menor de edad es imputada de un delito grave. Por un lado se crítica que el nuevo sistema sería muy garantista, por el otro se critica que se quiere bajar la edad de la imputabilidad penal.
El objetivo es que los especialistas latinoamericanos expongan la situación de cada uno de los países y que se pueda discutir la realidad de nuestro país a la luz de estos años de experiencia y que se intercambien opiniones que sean de utilidad para el debate sobre la necesidad que se sancione un Sistema de Responsabilidad Penal Juvenil en Argentina. |