El artículo 328 del Código Civil, con la reforma que propone el proyecto de ley de la diputada Elda Gérez, el adoptado podrá “acceder a todos los registros y/o expedientes donde conste información sobre sus orígenes, a partir de los 12 años. El juez podrá autorizar el acceso a los mismos aún antes de alcanzar dicha edad cuando lo considere beneficioso para el niño conforme a circunstancias debidamente evaluadas”.
Con respecto a la identidad de los niños, se reafirma su derecho a “un nombre, a una nacionalidad, a su lengua de origen, al conocimiento de quiénes son sus padres, a la preservación de sus relaciones familiares de conformidad con la ley, a la cultura de su lugar de origen y a preservar su identidad e idiosincrasia”.
Según explicó la legisladora socialista, “A pesar de que la misma fue sancionada en el año 1997, es decir, con posterioridad a la Convención de los Derechos del Niño, (1989),su ratificación por nuestro país (1990) y la Reforma Constitucional del año 1994 que otorga jerarquía constitucional a dicho instrumento, el alcance dado por la Ley de Adopción al derecho a conocer los orígenes, principio integrante del derecho a la Identidad difiere del compromiso asumido con la Convención en su artículo 7 y 8”.
“Este derecho a conocer los orígenes ha adquirido trascendencia y entidad propia en nuestro país a raíz de la historia reciente y las desapariciones forzadas de personas durante el proceso militar”, concluyó la diputada santafesina. |