El bloque de senadores radicales proponen crear una Comisión Bicameral sobre Malvinas.

Buscan el libre acceso a la información pública

2-4-2010

El senador Cabanchik presentó un proyecto de ley como primer paso de una reforma política que permita la oxigenación de las instituciones, al devolverle al ciudadano su posibilidad de intervención activa.

El senador de la Nación Samuel Cabanchik presentó un proyecto de ley de Libre Acceso a la Información Pública para que toda persona tenga derecho a solicitar, acceder y recibir, en tiempo y forma adecuada, información veraz y completa que sea considerada de carácter público.

Entre sus fundamentos, el legislador de Proyecto Buenos Aires Federal explica que “este proyecto retoma e innova en función de la experiencia acumulada por aquel que obtuvo la media sanción en la Cámara de Diputados en 2003, al mismo tiempo que incorpora la experiencia internacional en la materia. Un ejemplo de esto último es la creación del Centro Nacional de Acceso a la Información Publica (CeNAIP) en el ámbito del Poder Legislativo Nacional, quien se encargará de actuar como órgano de aplicación de la ley, emulando la experiencia exitosa del IFAI (Instituto de Acceso Federal a la Información Pública) en México, primer Estado en contar con un organismo descentralizado encargado de velar por la transparencia en el acceso a la información pública y la protección de datos personales”.

El doctor Cabanchik señaló: “La importancia de presentar un proyecto de ley de Acceso a la Información Pública como primer paso de una necesaria y verdadera Reforma Política, que permita la oxigenación de nuestras instituciones, al devolverle al ciudadano su posibilidad de intervención activa”.

Finalmente, el senador de ProBAFe sostuvo que “carecer de una ley que regule el acceso, búsqueda, recepción y difusión de la Información Pública; así como de sanciones para aquellos que la oculten o deliberadamente destruyan es una forma de incumplir con aquello a lo que hemos suscripto internacionalmente, al tiempo que implica desoír a nuestra Constitución Nacional, puesto que en ella se consagra de forma expresa el derecho de los ciudadanos al acceso a la información en los artículos 38, 41, 42 y 43 y de forma implícita en los artículos 1, 14, 19, 35 y 75 inciso 22”.

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