Rebajan impuestos para transporte de cargas

La Cámara de Diputados aprobó ayer un proyecto de ley que permitirá a los transportadores de cargas computar como pago del adelanto del impuesto a las ganancias, el impuesto sobre los combustibles líquidos comprendidos en las compras de gasoil.

Los diputados aprobaron esta iniciativa por amplia mayoría, que formó parte del acuerdo celebrado el pasado 4 de octubre entre el gobierno y las empresas del transporte de cargas , que venían reclamando rebajas en el gasoil y motivaron varias medidas de fuerzas.

El presidente de la Comisión de Transporte, el radical jujeño Alejandro Nievas, defendió el proyecto y dijo que "esta iniciativa forma parte de los acuerdos celebrados con los transportistas de cargas" y apuntó que "vienen a solucionar la problemática del sector".

El dictamen tratado por la cámara baja establece que podrán computarse como pago a cuenta de otros impuestos el total del impuesto sobre los combustibles líquidos (ITC) contenidos en las compras de gas oil efectuadas en el respectivo período fiscal.

El importe que se deberá computar no podrá exceder la suma que resulte de multiplicar el 100 por ciento del impuestopor la cantidad de litros que correspondan al importe que se haya deducido como gasto en la determinación del impuesto a las ganancias. En el caso de superarse ese tope, el excedente podrá computarse como pago a cuenta siempre y cuando se justifique debidamente los motivos que dieron origen al incremento en el consumo de combustible.

Durante el debate de la iniciativa, el miembro informante de la Alianza y presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Raúl Baglini (UCR-Mendoza), reclamó la sanción del proyecto antes fin de año y destacó que entrará en vigencia inmediatamente después de publicada en el Boletín Oficial.

Al respecto, justificó esta medida en la necesidad de evitar maniobras irregulares con el nuevo beneficio, como sería inflar la cantidad de combustible consumido en el último ejercicio fiscal.

En otro orden, fue aprobado un proyecto de ley que dispuso que todos los organismos del Estado deberán publicar en el Boletín Oficial sus decisiones sobre presupuesto, licitaciones, contrataciones, órdenes de pago y movimiento de personal.

La iniciativa -aprobada en la sesión de hoy dentro de un paquete de proyectos que fue aprobado por unanimidad- establece la derogación del decreto 15.209, de 1959, que disponía la publicación "sintetizada" en el Boletín Oficial de estos actos administrativos.

De acuerdo con lo señalado en el artículo primero, la normativa que recibió media sanción de Diputados obliga a "publicar íntegramente en el Boletín Oficial" todas las decisiones referidas a "presupuestos, licitaciones y contrataciones, órdenes de pago", entre otros puntos.

También establece que deberá ser dado a conocer a través del Boletín Oficial cualquier "movimiento de personal subalterno", como así también lo atinente a "jubilaciones, retiros y pensiones, constitución y disolución de sociedades y asociaciones, acciones judiciales, subsidios, donaciones, multas y becas".

En sus fundamentos, el proyecto -impulsado por la justicialista Graciela Camaño- se pregunta "cómo puede hablarse de transparencia cuando no se publican los actos administrativos -y de inmensa importancia como la mayoría de los enunciados en el proyecto resolutivo aquí fundamentado- tal como fueron dictados".

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