Los principales puntos del proyecto aprobado en la Cámara de Diputados y el Senado son los siguientes:
-Declara la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria hasta el 10 de diciembre del 2003.
-Se considera la ley de orden público y ninguna persona podrá alegar que se afectaron derechos adquiridos.
- Faculta al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) a establecer el sistema que determinará la relación de cambio entre el peso y las divisas extranjeras, y dictar regulaciones cambiarias.
-Se delegan al PEN facultades para:
a) reordenar el sistema financiero, bancario y cambiario
b) reactivar el funcionamiento de la economía y mejor el nivel de empleo y distribución de ingresos
c) crear condiciones para el crecimiento económico sustentable y compatible con la reestructuración de la deuda pública.
-Se pesificarán las deudas en dólares en el sistema financiera por créditos hipotecarios, prendarios, personales, automotores y de las pymes cuyo importe no fuese superior a 100.000 dólares.
-El PEN dispondrá las medidas tendientes a preservar el capital perteneciente a los ahorristas que hubieran realizado depósitos en entidades financieras.
-Establece que quienes tengan deudas en pesos paguen la cantidad nominalmente expresada. En ningún caso se admitirá la actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas.
-Establece que los saldos deudores de tarjetas de crédito, correspondientes a consumos realizados en el país, serán cancelados en pesos.
-Se suspende por tres meses la ley que establecía que los sueldos y jubilaciones podían ser exceptuadas de las restricciones bancarias.
-Por seis meses no se pueden realizar despidos sin causa justificada. En caso de una cesantía se deberá abonar una doble indemnización.
-Modifica la ley de convertibilidad para el Banco Central pueda comprar y vender divisas con recursos propios o emitiendo los pesos necesarios para ese fin. Afecta las reservas del BCRA (oro y divisas extranjeros) al respaldo de la base monetario.
-Declara inembargables las reservas del Banco Central.
-Se regulan los contratos en dólares celebrados entre privados. Las prestaciones serán canceladas en pesos y las partes tendrán 180 días para renegociar nuevas condiciones.
-Prohíbe la indexación por precios, actualización monetaria, variación de costos y otra forma de repotenciación de las deudas, impuestos, precios o tarifas de los bienes o obras o servicios.
-Autoriza al PEN a renegociar los contratos de servicios públicos, teniendo en cuenta el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía, la calidad de los servicios, y el interés de los usuarios, la accesibilidad de los servicios y la rentabilidad de las empresas.
-Faculta al Ejecutivo a establecer derechos temporarios a las exportaciones de hidrocarburos por cinco años y afectarlos al financiamiento de parte de la reestructuración de esas deudas.
-Avala al Ejecutivo para canjear títulos nacionales y provinciales que hubiesen sido emitidos como sustitutos de moneda nacional de curso legal (bonos) en el territorio de todo el país.
-Para las medidas cautelares se aplicará el per saltum.
-Faculta al PEN a regular transitoriamente los precios de insumos, bienes y servicios considerados críticos, para proteger a los usuarios y consumidores de la eventual distorsión de los mercados o de acciones monopólicas.
- Se deja sin efecto hasta el 10 de diciembre del 2003 la ley de intangibilidad de los depósitos.
-Se crea la comisión de Seguimiento de Control de las Facultades Delegadas, que será presidido por un dirigente del partido de la oposición más numeroso.