El presidente Eduardo Duhalde vetó parcialmente varios artículos de la ley de quiebras, informó el jefe de Gabinete, Jorge Capitanich.
En declaraciones efectuadas en la Casa de Gobierno, Capitanich señaló que el Ejecutivo aplicó "la ley 25.561 en su artículo 6 que facultaba al Ejecutivo a la aplicación de retenciones a los hidrocarburos. Estos derechos de exportación estaba contemplado en el presupuesto que fue enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso".
"Se trata de una ley sancionada por el Congreso que otorgaba facultades al Ejecutivo para establecer el derecho de exportación, este derecho estaba presupuestado, y en tercer lugar a partir de esta reglamentación se aplicará de forma inmediata", anunció el jefe de Gabinete.
Las petroleras se habían opuesto férreamente a las retenciones y a cambio habían propuesto un aporte de 1.200 millones de dólares a cuatro años de plazo. El argumento oficial para las retenciones es que la empresas del sector resultaron las grandes beneficiadas por las devaluación del pesos, ya que antes se hacían uno a uno entre peso y dólar, y ahora, con el mercado libre, dos a uno.
"Eventualmente, se había planificado que se constituya un fondo de compensación de activos y pasivos de pesos y dólares", precisó, en el marco de la rueda de prensa.
Por otra parte, Capitanich informó que el veto parcial a la ley de quiebras incluye a los artículos 15 y 16 y la eliminación de los artículos 17 y 18 de esa normativa. El Ejecutivo vetó parcialmente la última parte del artículo 15 de la ley que imponía "una condición de negociación en un período de 90 días entre deudor y acreedor, y si no existía el acuerdo entre las partes, la entidad financiera debía previsionar el 100 por ciento de la cartera, esto ha sido vetado", detalló Capitanich.
El jefe de Gabinete aclaró que el presidente Duhalde vetó la parte del artículo que dice: "Si al término de dicho plazo no se ha acordado la reprogramación indicada, la entidad financiera deberá previsionar el 100 por ciento del crédito del deudor".
También se estableció la "eliminación del anteúltimo párrafo del artículo 16 que es la parte pertinente a la suspensión de ejecuciones y medidas cautelares vinculadas a deudas de carácter impositivo y previsional".
Capitanich agregó que se dispuso además la eliminación de los artículos 17 y 18 de la normativa y explicó que "el artículo 17 establece modificaciones al artículo 6 de la ley 25.561, que fue modificado por el decreto de necesidad y urgencia 214".