El Ministerio de Economía propicia la derogación de la figura de subversión económica, pero no impulsará un proyecto de ley para eliminarla, pese a que se trata de un específico efectuado por el jefe de la misión del FMI, el indio Anoop Singh, a las autoridades argentinas, que encontró eco en el propio ministro Jorge Remes Lenicov.
El titular del Palacio de Hacienda hizo un pedido público al Congreso para que derogue la normativa el miércoles de la semana pasada en una entrevista televisiva, pero aún no ha ingresado al Parlamento ningún proyecto en esa dirección, y fuentes del Congreso consideran que una iniciativa de ese tipo no despertaría mucho entusiasmo entre los legisladores.
La Ley 20.840 fue promulgada el 30 de setiembre de 1974 y publicada en el Boletín Oficial el 2 de octubre de ese año, durante el gobierno de María Estela Martínez de Perón y se refiere a las "Penas por actividades subversivas en todas sus manifestaciones". En los últimos tiempos, la ley volvió a tomar protagonismo, cuando varios jueces apelaron a esa instancia para investigar a los bancos en las causas vinculadas con reclamos de ahorristas por el corralito financiero o por presuntos movimientos de fuga de capitales.
Si bien el ministro Remes Lenicov expresó públicamente su deseo de que la iniciativa sea derogada, fuentes del Palacio de Hacienda aseguraron que la cartera no plantea presentar un proyecto de ley en esa dirección.
"Es sólo una opinión del ministro a quien le gustaría que el Congreso derogara la ley, pero eso no implica que el Gobierno vaya a presentar ningún proyecto en esa dirección", explicaron las fuentes del Ministerio de Economía.
La normativa tiene una docena de artículos y el que se vincula con la subversión económica es el 6, que establece que "será reprimido con prisión de dos a seis años y multa de diez mil a un millón de pesos" el que "con ánimo de lucro o maliciosamente, con riesgo para el normal desenvolvimiento de un establecimiento" hiciera "desaparecer, ocultare o fraudulentamente disminuyere el valor de materias primas, productos, máquinas, equipos u otros bienes de capital, o comprometiere injustificadamente su patrimonio".
La ley establece que las penas se elevarán a la mitad si el hecho causare perjuicio a la economía nacional o si pusiere en peligro la seguridad del Estado.