Con varias modificaciones en relación al texto aprobado en general hace diez días por el Senado, el proyecto de ley que penaliza la radiodifusión clandestina finalmente sería votado en particular el próximo miércoles por lo que retornaría a la Cámara de Diputados para su consideración definitiva.
A lo aprobado oportunamente por la Cámara baja se le realizarían sustanciales cambios, ante la falta de acuerdo de la mayoría de los senadores del radicalismo y a las diferencias que plantearon una decena de justicialistas.
El sinuoso camino del proyecto en el Senado estuvo marcado por dos pedidos de vuelta a comisión, cuando estaba a consideración del plenario del cuerpo, en las sesiones del 4 y del 25 de septiembre. Finalmente, en la sesión del 23 de octubre se aprobó el texto en general, con la promesa de que en la sesión siguiente se votaría artículo por artículo, "tras estudiar algunas propuestas de cambio".
Pero en la sesión del miércoles pasado el tema no pudo ser analizado debido a la falta de una posición uniforme en el bloque radical y al rechazo manifestado por varios senadores del PJ, entre los que se destacó el riojano Jorge Yoma.
Durante la semana el presidente de la Comisión de Comunicaciones, Guillermo Jenefes (PJ-Jujuy) analizó una propuesta alternativa con el radical Jorge Agúndez (UCR-San Luis), quien desde su bancada es uno de los principales cuestionadores del proyecto por considerar que "no se puede modificar el Código Penal para sancionar cuestiones que debieran ser administrativas". Pero el borrador acordado por estos dos senadores no tuvo demasiado acompañamiento cuando fue presentado en los dos bloques mayoritarios, y finalmente el proyecto no fue incluido en el temario de la sesión del miércoles.
La propuesta acordada determina que el régimen de penas recién se podrá llevar a la práctica a los 180 días de publicada la ley, tiempo en el cual las emisoras existentes deberán regularizar su situación ante el Comité Federal de Radiodifusión.
Una vez concluido este tiempo recién se haría efectiva la pena de prisión de un mes a un año y la inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena. En principio las penas iban a comenzar a hacerse efectivas desd el día de publicación de la ley, luego se fijo ese plazo en 90 días, y ahora, como condición para que el proyecto avance se fijó el plazo en seis meses.
Con respecto a las disidencias planteadas por otros senadores, se destacan las de aquellos que piden que queden excluidas de las posibles penas las radios de baja frecuencia que operen en localidades con menos de 5000 habitantes.
En este caso se pretende preservar, también, a aquellas emisoras comunitarias, a las que son manejadas por organizaciones no gubernamentales o por entidades sin fines de lucro.