El ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, Juan José Alvarez, solicitará hoy en el Congreso la rápida sanción de una batería de proyectos que apuntan a luchar contra la ola delictiva de secuestros extorsivos, que recrudeció en los últimos meses.
De esta manera, el gobierno busca contar con herramientas para que la Justicia y las fuerzas de seguridad puedan combatir con eficacia esta nueva metodología de privar de la libertad a los ciudadanos, que sólo son liberados cuando se produce el pago a sus captores.
Alvarez pedirá la sanción de estas iniciativas en el marco de una reunión que mantendrá con el presidente de la Cámara de Diputados, Eduardo Camaño, y los legisladores especializados en materia penal que han estado participando de la discusión de estas iniciativas.
Los proyectos que aspira a votar el oficialismo fueron redactados en base a las recomendaciones de la Comisión Asesora para la Prevención del Secuestro de Personas que preside León Arslanián e integran los presidentes de las comisiones de Legislación Penal de ambas cámaras, Margarita Stolbizer y Jorge Agúndez.
Ese cuerpo asesor ha propuesto tres iniciativas para luchar contra los secuestros extorsivos que son la creación de un fondo permanente de recompensas, el programa nacional de protección a testigos e imputados, y reformas al Código Penal para agravar penas por privación ilegal calificada y secuestro extorsivo.
Un punto esencial de esta propuesta es la incorporación de la figura del arrepentido para ayudar al esclarecimiento de estos hechos delictivos y en ese sentido fija que la "pena del partícipe que, desvinculándose de los otros, se esforzare de modo que la víctima recupere la libertad, sin que tal resultado fuese la consecuencia del pago del precio de la libertad, se reducirá de un tercio a la mitad". Además el proyecto propone aumentar penas- es decir que podrá aplicar hasta 25 años de cárcel- cuando los secuestros tengan como víctima a una embarazada, a un menor de 18 años, un mayor de 70 años, o una persona discapacitada, enferma o que no puede valerse por sí misma.
También los jueces podrán disponer prisión de 25 años si el hecho se cometiere en la persona de un ascendiente, de un hermano, del cónyuge, o de otro individuo a quien se deba respeto particular, si se causa a la víctima lesiones graves o gravísimas y si el delito es producido por un empleado público, o pertenezca o haya estado en alguna fuerza de seguridad.