Los diputados rechazan la recusación de miembros de la Corte

La Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados rechazó la recusación presentada por tres miembros de la Corte Suprema contra 20 de los 31 diputados del cuerpo parlamentario, que avanzó en el análisis de las causas por las que podría acusar a los jueces ante el Senado.

Según comentaron fuentes de la comisión, la acusación ante la Cámara alta "es un hecho" y alcanzaría a los nueve miembros del máximo tribunal de Justicia. Esto se definiría recién la semana próxima, ya que el jueves los diputados volverán a reunirse para recibir testimonio de siete funcionarios de la Corte, entre ellos el del actual secretario Esteban Canevari y del ex secretario Alfredo Bisordi.

El rechazo de esa "grosera interpretación" del reglamento de la Cámara baja fue resuelto en una reunión plenaria de la Comisión, en la que se avanzó además con el análisis de las pruebas que servirán para sostener la acusación contra jueces del máximo tribunal.

La desestimación del planteo realizado por los jueces Julio Nazareno, Guillermo López y Eduardo Moliné O'Connor continúa la pelea pública que mantiene el Congreso con la Corte Suprema desde que en la Comisión de Juicio Político se abrió la investigación de la conducta de los jueces del tribunal. El presidente de la Comisión, Sergio Acevedo, informó que "se rechaza la solicitud de recusación en razón de la grosera interpretación" que se realizó del reglamento de la Cámara de Diputados y reiteró que los legisladores actúan en consonancia con el mandato constitucional. La postura sostenida por los diputados es avalada por gran parte de los constitucionalistas -entre ellos Daniel Sabsay, Abel Fleitas y el abogado Ricardo Monners Sans-, para los cuales no correspondía promover esa recusación. El argumento utilizado por Nazareno, López y Moliné O'Connor es que no pueden integrar la Comisión los legisladores que no hayan suspendido sus matrículas de abogado, para lo que se basan en el artículo 90 del reglamento de la Cámara de Diputados.

Al respecto, Acevedo recordó que este artículo se había impuesto cuando la Comisión de Juicio Político tenía la atribución de acusar a los jueces de primera instancia, mientras que ahora de esta tarea se hace cargo el Consejo de la Magistratura, tras la reforma constitucional de 1994.

Por su parte, el diputado justicialista José Falú aseguró que los jueces que impulsaron la recusación demostraron "ignorancia" total del reglamento y las leyes.

La diputada aliancista Nilda Garré, vicepresidente de la Comisión, consideró fruto de una "interpretación superficial" la recusación a los abogados de la comisión por parte de miembros de la Corte Suprema.

A todo esto, el constitucionalista y abogado defensor de algunos de los miembros de la Corte Suprema, Gregorio Badeni, defendió su recusación a la gran mayoría de los diputados que integran la comisión de juicio político, a pesar de que varios constitucionalistas criticaron este pedido.

Badeni presentó el lunes el pedido ante la Comisión de Juicio Político para que 20 de los 31 integrantes de la comisión de excusen de participar del proceso por su sola condición de abogados. "Todos los legisladores matriculados como abogados en el fuero federal deberían excusarse", opinó el patrocinante de Julio Nazareno, Eduardo Moliné O'Connor y Guillermo López.

Badeni esgrimió que este punto surge de una "ley interna dictada para que el proceso sea imparcial", en referencia al artículo 90 del reglamento de la comisión de Juicio Político.

Ese artículo establece que deberá apartarse de la investigación los miembros de la comisión, cuando se refieran a magistrados de distritos en los que los diputados ejercieran la profesión de abogado o procurador. Sin embargo, el constitucionalista Andrés Gil Domínguez opinó que la Corte está haciendo una "interpretación muy particular del artículo 90 porque en la medida en que no exista una causal positiva, es decir un tema en particular de odio o una vinculación comercial entre los investigados y los que investigan, no hay subjetividad".

Se mostró además "extrañado" de que "ellos (los jueces de la Corte) recusen a los diputados cuando no se excusaron de dar fallos como el de (Carlos) Fayt, que era miembro del Tribunal, o el de (Emir) Yoma, a quien había representado uno de ellos".

También se refirió al cuestionado artículo, el constitucionalista Abel Fleitas quien manifestó que esa normativa fue pensada en "otros supuestos como el enjuiciamiento a jueces de provincias o federales en un determinado distrito".

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