La Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados efectuó 15 cargos acusatorios contra el ministro de la Corte Suprema Adolfo Vázquez, al considerar en forma unánime que hay "indicios ciertos" de "mal desempeño" en sus funciones.
Con este paso ya concretado, ahora se abre el proceso de defensa del juez Vázquez, quien en principio se presentaría el jueves próximo a realizar su descargo frente a las acusaciones que se le imputan.
El presidente de la comisión, Ricardo Falú, sostuvo que los cargos por supuesto mal desempeño son "contundentes" y evaluó que es "muy posible" que Vázquez termine igual que el suspendido juez Eduardo Moliné O'Connor.
La decisión de formular el capítulo de cargos contra el ministro Vázquez fue adoptada por unanimidad en una reunión de la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados.
Este último paso legislativo cerrará la etapa sumarial, con lo cual se comenzará a diseñar el dictamen que podría ser emitido entre el 20 y el 27 de este mes, a tres días del cierre del período de sesiones ordinarias.
De todos modos, el oficialismo aún no resolvió si este dictamen se debatirá este año o se esperará hasta los primeros meses del 2004, dado que los plazos dependerán del Senado porque los diputados del PJ no quieren que se sumen dos acusaciones juntas en la Cámara ata.
Por lo pronto, la Comisión de Juicio Político de Diputados -comandada por Falú- decidió avanzar en la etapa sumarial de su investigación al formular 15 cargos provisorios contra Vázquez por los llamados casos "Macri", "Magariños", "Meller" y "Dragonetti de Román", que también sirvieron de base para la acusación contra Nazareno, Moliné O'Connor y López. Además, la Comisión de Juicio Político decidió poner como fecha límite para que el ministro de la Corte presente su descargo por escrito o en forma personal el próximo jueves a las 11.30, aunque se estima que podría concurrir, tal como hizo el año pasado cuando pesaban acusaciones en su contra en el marco de un frustrado proceso iniciado contra los entonces 9 miembros de la Corte.
Sobre los cargos, la comisión planteó que en la sanción contra Magariños, Vázquez invadió facultades propias del Consejo de la Magistratura, afectando la libertad de expresión del magistrado y su derecho a la opinión científica, y violó la independencia del Poder Judicial "amedrentando a un juez de la Nación a través de una sanción administrativa".
En tanto, en el denominado caso Macri, los legisladores imputaron al magistrado de obstruir el debido proceso legal, causado un grave perjuicio al Estado, y convalida la interpretación del principio de cosa juzgada "ya que no existía entre las causas identidad en los hechos, ni en los bienes jurídicos involucrados, ni en las pretensiones punitivas".
Por el llamado caso Meller, los argumentos de los diputados son que se legitimó judicialmente un proceso administrativo fraudulento, negó al Estado la vía judicial para la revisión de una resolución administrativa y abdicó "de manera arbitraria" a su responsabilidad de efectuar el control de constitucionalidad.
Los cargos:
Los cargos formulados contra Vázquez fueron los siguientes:
Meller:
a) haber legitimado judicialmente un proceso administrativo fraudulento; b) negar al Estado la vía judicial de revisión de una resolución administrativa, que ilegítimamente lo perjudica en centenares de millones de pesos, omitiendo el tratamiento de los serios planteos del recurso, las disidencias y la existencia del proceso penal, lo que hace presumir ante lo manifiesto de las irregularidades y arbitrariedad del caso, que su voto no estuvo motivado por el cumplimiento de su función como juez, sino otros intereses; c) haber abdicado de manera arbitraria a su responsabilidad de efectuar el control de constitucionalidad en los términos del artículo 14 de la ley 48.
Magariños:
a) invadir esferas de competencia propias del Consejo de la Magistratura de la Nación, arrogándose facultades de otro órgano del Estado. Ello es así toda vez que, conforme al artículo 114 inciso 4 de la Constitución Nacional, es atribución del Consejo de la Magistratura ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados; b) afectar garantías constitucionales, avanzando sobre el derecho a la libre expresión, derecho fundante de todas las demás libertades; c) cercenar el derecho a la opinión científica expresada por Héctor Magariños como profesor universitario en ejercicio de su función académica; d) violar la independencia del Poder Judicial, amedrentando a un juez de la Nación, a través de una sanción administrativa.
Macri:
a) obstruir el proceso legal, respecto a la tarea de investigación por presunto contrabando llevada a cabo por el juez federal de Concepción del Uruguay, en los autos "Macri, Franciso y Martínez, Raul, s/presunto contrabando"; b) causar un grave perjuicio al Estado Nacional, al alterar la política económica con respecto al régimen de importaciones y exportaciones; c) convalidar la interpretación del principio de cosa juzgada; d) uso arbitrario del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial.
Dragonetti de Román:
a) invadir la esfera de competencias propias del Consejo de la Magistratura, arrogándose facultades de otro órgano del Estado. Ello así toda vez que, conforme al artículo 114 inciso 4 de a Constitución Nacional, es atribución del Consejo de la Magistratura ejercer facultades sobre magistrados; b) afectar garantías constitucionales, vulnerando el principio de proceso y el derecho de defensa; C) violar la independencia del Poder Judicial, amedrentando una jueza de la Nación, a través de una sanción administrativa.