La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto por el cual se crea la figura de asociación ilícita para la evasión tributaria, el último del denominado paquete antievasión, enviado hace más de cuatro meses por el Poder Ejecutivo al Parlamento.
Durante la última sesión del año y la primera con la nueva conformación, los diputados aceptaron las modificaciones que introdujo el Senado, que encuadró la figura de la asociación ilícita en la Ley Penal Tributaria y no en el Código Penal, como lo había dispuesto la Cámara baja. Esta nueva redacción respeta lo que originalmente había enviado el Poder Ejecutivo.
La norma, que es similar a la que diseñó el Poder Ejecutivo, establece severas penas para los infractores, los cuales a partir de ahora no tendrán la posibilidad de la fianza para evadir ir a prisión.
De esta manera, los diputados, con impulso del oficialismo, aprobó el proyecto original, que en su momento cuando se debatió, le había hecho varias modificaciones.
Estas no fueron aceptadas por la Cámara alta y se volvió a la redacción original que envió el gobierno nacional, con una línea más dura.
En ese sentido, para conformar una "asociación ilícita"
alcanzará con detectar al contribuyente y los responsables contables que colaboren con el mismo en el plan de evasión.
De esta manera, la ley reprime con penas de tres años y seis meses a diez años de prisión al que forme parte de una asociación u organización compuesta por tres o más personas destinadas a posibilitar, facilitar o brindar colaboración en delitos impositivos. Asimismo, castigará a los organizadores y jefes con cinco años como mínimo, en una pena que incluye a quienes dieran fe , autorice o certifique actos jurídicos, balances, estados contables o documentación para facilitar la comisión de los delitos previsto en la norma.