El Senado aprobó una amplia modificación el régimen del Monotributo que establece una moratoria para contribuyentes de este sistema y elimina la figura del responsable no inscripto.
El monotributo es un régimen especial aprobado en 1998 para pequeños contribuyentes que simplifica en una cuota el pago del IVA, Ganancias, el aporte a la Seguridad Social y a la Obra Social.
La moratoria incluye un plan de pagos para los monotributistas mediante el cual estos podrán regularizar sus deudas con un programa de 60 cuotas, aunque estas no puedan superar el 36 por ciento de la deuda.
El proyecto, que fue aprobado sin debate y explicado brevemente por el presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Jorge Capitanich (PJ-Chaco), contempla también la posibilidad de que los monotributistas puedan elegir cualquier obra social y traspasarse una vez al año como el resto de los trabajadores. En este punto, se respetó lo aprobado por diputados al modificar el proyecto girado por el Poder Ejecutivo y se estableció que las cuotas mensuales aumenten 2 pesos para la mayoría de las categorías por la suba de 20 a 22 pesos de la cuota de salud aunque en las categorías más altas el incremento será mayor.
Además, la iniciativa garantiza la estabilidad de las cuotas mensuales y premia al que abone en fecha eximiendo el pago de una cuota al año, a la vez que ratifica la recategorización para aquellas actividades vinculadas a los servicios y elimina la categoría de responsable no inscripto.
De este modo, el proyecto contemplará dos sistemas, uno para los locadores y prestadores con cinco categorías con un tope máximo de facturación de 72 mil pesos anuales y otro que mantendrá el sistema actual con ocho categorías de hasta 144 mil pesos anuales para el resto de las actividades.
Asimismo, establece la condonación de deudas para los profesionales que se encontraban en litigio con la AFIP (hayan o no presentado demandas judiciales) debido a que el organismo tributario le reclamaba una deuda cuando hubieran mantenido su condición de responsable no inscripto, como consecuencia de fallo en ese sentido de la Corte Suprema.
Además, el proyecto elimina la categoría de los empleados monotributistas que hoy pagan una cuota mensual fija, una parte a cargo del empleador y otra como retención al empleado.
A partir de la norma, los empleados de los monotributistas tendrán el mismo tratamiento que cualquier trabajador en relación de dependencia: el empleador deberá pagar las cargas patronales y el empleado tendrá los descuentos de jubilación y salud.
De esta manera, se apunta a eliminar las diferencias que se planteaban entre los empleados monotributistas y en relación de dependencia dado que los primeros debían hacer un juicio comercial cuando tenían una demanda laboral.
También se incorporó un plan de pagos para los monotributistas y autónomos que habilita a estos contribuyentes a poder regularizar sus deudas con un programa de 60 cuotas que no pueda superar el 36 por ciento de la deuda.
En el proyecto se crea un régimen especial de regularización de deudas por el término de un año en el cual se condonarán las sanciones administrativas y se reducen hasta 50 por ciento los intereses resarcitorios con un tope del 36 por ciento en el período de mora.