El ministro de Justicia, Horacio Rosatti, respaldó el proyecto de ley para limitar la jurisdicción de las demandas entabladas contra el Estado, aunque, según dijo, la iniciativa debe tener carácter "declarativo", es decir de manifestación política del Congreso, ya que sus conceptos están abarcados en la Constitución.
"El CIADI no está capacitado para revisar medidas económicas generales tomadas por un país en el marco de una crisis", opinó el ministro, durante una reunión de la Comisión de Legislación General, que preside la justicialista Liliana Negre de Alonso (San Luis).
"El Gobierno nacional considera que un laudo que se emita por un tribunal arbitral debe poder ser revisado por nuestros tribunales, porque de lo contrario sería inconstitucional", refirió el ministro en la reunión que analizó el proyecto presentado por la senadora Mabel Muler.
El funcionario destacó, además, que el Gobierno "está convencido que los laudos arbitrales del CIADI pueden ser revisados por la Corte Suprema de Justicia argentina". No descartó tampoco que el Poder Ejecutivo "revise todos los tratados de inversión a medida de que se vayan venciendo".
El artículo primero de la iniciativa establece que "serán inoponibles a la República Argentina, aquellos laudos arbitrales que no puedan ser recurridos ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación".
"Considero que esta debe ser una ley declarativa, dado que la Constitución establece los mismos parámetros que menciona la norma", dijo Rosatti. En ese sentido, explicó que el carácter declarativo no le quita fuerza de ley a la norma sino que marca una "definición política" del Congreso, ya que "si no saliera los mecanismos igual existen" en la Constitución.
En tanto el artículo tercero, menciona que el Poder Ejecutivo en un plazo de 30 días de vigencia de la ley "deberá denunciar" todos los tratados bilaterales que "sean incompatibles" con la Carta Magna.