Una jueza decretó la inconstitucionalidad de la ley que autorizó la intervención y archivo de correos electrónicos y chats por considerar que es violatorio de la privacidad inherente a toda correspondencia.
Se trata de la jueza en lo Contencioso Administrativo Federal Liliana Heiland, quien hizo lugar a un recurso de amparo presentado por el abogado Ernesto Halabi contra la ley 25.873 y su decreto reglamentario 1563/04.
Esa norma aprobada por el Congreso establecía que podrían quedar archivados en registros privados los sitios visitados y los contenidos del correos electrónicos y chats de usuarios, información que podría pasar a manos de los servicios secretos del Estado si mediara una orden judicial.
En su resolución la jueza criticó que el Congreso no debatió el tema como sucedió en Europa pese a tratarse de una cuestión "tan sensible a la sociedad toda", puesto que implica "el almacenamiento y/o conservación del tráfico y/o contenido de las comunicaciones".
La jueza enfatizó que la norma ostenta "graves y manifiestos vicios de inconstitucionalidad" puesto que posee "palmarias omisiones, las que contribuyen a tornarla manifiestamente irrazonable e incongruente con nuestro sistema constitucional".
En esta línea, la jueza planteó que la cuestionada norma "no precisa si el almacenamiento y conservación requiere orden previa de Juez competente... tampoco alude a orden fundada, ni discrimina fundamentos (por ejemplo, en razones de seguridad de estado o de investigación de un delito)".
"La cadena de falencias logra su broche de oro con la autorización otorgada al PEN para que reglamente las condiciones técnicas y de seguridad que deberán cumplir los prestadores de servicios de telecomunicaciones con relación a la captación y derivación de las comunicaciones", añadió la magistrada.
Heiland recordó que el artículo 18 de la Carta Magna garantiza la inviolabilidad de la correspondencia epistolar y papeles privados "obligando al Congreso a que determine en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación".