El Senado le dio media sanción a las modificaciones a la Ley de Defensa del Consumidor, referidas al pago de la tasa de justicia y a los contratos de servicios aéreos.
Las modificaciones, que ahora deberán ser tratadas en la Cámara de Diputados, obtuvieron el voto afirmativo de los 38 presentes, en una sesión que peligró con quedarse sin el quórum necesario.
El artículo 1 de la norma incorpora al artículo 53 de la Ley 24.240 un párrafo que establece que "las actuaciones judiciales que se inicien de conformidad con la presente Ley, gozarán de exención del pago de la tasa de justicia". En ese sentido, los fundamentos del proyecto firmado por el justicialista chubutense Marcelo Guinle, presidente provisional de la cámara alta, argumentan que ese párrafo había sido vetado por el Poder Ejecutivo en su momento, pero que estaba incorporado en el derecho local de cada provincia, por lo que se daba una contradicción entre los consumidores de algunas jurisdicciones y el que debe litigar en los tribunales nacionales.
El segundo artículo del proyecto establece que en cuanto al contrato de servicios aéreos "se aplicarán las disposiciones contenidas" en la Ley de Defensa del Consumidor, "las normas del Código Aeronáutico y por último los tratados internacionales".
Hasta su modificación, la ley, en cuanto al transporte aéreo, establecía que "se aplicarán las normas del Código Aeronáutico, los tratados internacionales y, supletoriamente, la presente ley".