En su próxima sesión, la Cámara de Diputados de la Nación debería considerar la reforma de su Reglamento Interno estableciendo la obligatoriedad del registro del voto en cada votación. Uno de los proyectos de resolución que contemplan ese cambio tiene moción de preferencia para su tratamiento. La Asociación por los Derechos Civiles (ADC) pone de relieve algunas circunstancias sobre el mismo.
En los últimos días la opinión pública se ha hecho eco de la posible reforma del artículo 189 del Reglamento Interno de la Cámara de Diputados de la Nación, instrumentando el método nominal de votación de proyectos. Según informó a la ADC la Comisión de Peticiones, Poderes y Reglamento del cuerpo, uno de los proyectos de resolución que imponen la obligatoriedad de dicho método tiene orden de preferencia para ser tratado en la próxima sesión de la Cámara.
Esta reforma sería muy auspiciosa. Según entendemos, por medio de ella la Cámara de Diputados estaría dando un claro paso para reforzar la transparencia y la legitimidad de la institución, y para permitir un ejercicio más efectivo de los derechos políticos de la ciudadanía. Además, el ejercicio generalizado de la nominalidad brinda a los legisladores una valiosa herramienta para comunicar sus acciones al electorado, logrando con ello vigorizar los vínculos de representación política.
Con el fin de contribuir a que la implementación del cambio mencionado logre las ventajas reseñadas, nos permitimos señalar algunas circunstancias a las que según consideramos sería conveniente prestar atención.
Votaciones en particular
El proyecto de resolución que tiene orden de preferencia es el del diputado Casanovas (número 3942-2005; aunque cabe destacar que en los últimos años se han presentado varios proyectos en similar sentido). Un aspecto positivo de este proyecto, que se repite en la mayoría de los que se han presentado hasta la fecha, es que contempla la nominalidad tanto para la votación en general como para la votación en particular, es decir, artículo por artículo.
Sistema Electromecánico
El proyecto establece que las votaciones nominales deberán efectuarse por orden alfabético. Un punto al que resultaría conveniente prestar atención es que la Cámara tiene instalado desde marzo de 2001 un sofisticado sistema electromecánico (adquirido mediante Licitación Publica 12/00, con un costo total de ó1.500.000), que funciona mediante un lector de huellas dactilares para identificar al legislador y dos pulsadores para emitir el voto, y que es el que se utiliza actualmente para instrumentar las votaciones nominales que –en un porcentaje aproximado del 15% respecto al total de votaciones- se llevan a cabo en la Cámara. Este sistema facilita el registro de los votos.
Publicidad de Los Resultados de las Votaciones
El proyecto no dispone nada sobre la publicidad de la información generada a partir de la incorporación de esta modificación. En un sentido ello es natural, pues si las votaciones nominales se efectúan en forma alfabética es lógico pensar que los resultados queden automáticamente incorporados a las versiones taquigráficas de las sesiones. Sin embargo, entendemos que podría ser necesario estipular expresamente que la información debe estar disponible en la página de Internet de la Cámara luego de terminada la sesión respectiva, en especial debido a que es posible –y aconsejable- que se emplee el mecanismo antes indicado.
Desde la ADC acompañamos esta iniciativa, y destacamos nuevamente la necesidad de que ella sea implementada.