Los cadetes que realizan gestiones y las personas que entregan a domicilio alimentos, películas o medicamentos a bordo de una motocicleta deberán estar inscriptos en un registro y poseer credencial habilitante para su trabajo.
La Legislatura porteña aprobó una ley que regula este tipo de servicio que efectúan en la ciudad de Buenos Aires miles de personas, mucha de ellas menores y que trabajaban sin ningún encuadre normativo. La ley, impulsada por la diputada Marina Pérez, del Partido de la Ciudad, contempla que tanto los cadetes o los que efectúan servicios de "delivery" en motocicleta o en cualquier otro vehículo, incluida las bicicletas, deberán estar inscriptas en un Registro.
Esta inscripción les dará en forma automática una credencial habilitante tanto para el trabajador, su vehículo y la empresa que lo contrate.
La nueva ley establece además que los lugares en los que se transportan alimentos deberán estar en condiciones de aseo adecuadas, herméticas y confeccionadas con material inoxidable. Además los trabajadores tendrán que trasladarse con cascos, indumentaria fluorescente para que puedan ser visualizadas de noche y deberán contra con ropa apropiada en caso de lluvia.
También deberán ser inscriptos los vehículos afectados a este tipo de labor, con la respectiva habilitación, el seguro de responsabilidad civil obligatorio y los datos del propietario.
Los transportistas, conductores o acompañantes deberán tener libreta sanitaria y "observar normas de higiene y aseo personal".
Se excluye expresamente a los que trabajan en los servicios de mensajería que distribuyen correspondencia, ya que estasr actividades se rigen por la Ley de Correos.