La Cámara de Senadores de la Nación convirtió en ley el proyecto por el cual se instituye el Programa Deportivo Barrial, cuyo objetivo es fomentar y facilitar las prácticas deportivas a través del apoyo y fortalecimiento de entidades registradas como clubes de barrio.
El programa que se crea por esta ley facilita el acceso a la práctica deportiva para ambos sexos, personas de todas las edades y con capacidades diferentes. La normativa establece la creación del Registro de Clubes de Barrio, encuadrando allí a aquellas entidades constituidas como asociaciones civiles y que cuenten con personería jurídica, una antigüedad de cinco años y tengan por objeto social el desarrollo y la práctica de disciplinas deportivas.
Dichas entidades deberán acreditar la carencia o insuficiencia de recursos para mantener la regularidad de sus prácticas deportivas.
En los casos en que la Secretaría de Deportes de la Nación así lo considere, se podrán otorgar subsidios para la refacción, ampliación o mantenimiento de su infraestructura.
Por ley los clubes de barrio concederán gratuitamente el uso de sus instalaciones para afectarlas a los planes de deportes y del mismo modo en caso de que esa entidad sea designada sede o subsede de olimpíadas, competencias o torneos interbarriales.