El proyecto que promueve el fomento de las pymes y contempla un tratamiento diferencial para aquellas empresas que reinviertan en capital, puede ser debatido por la Cámara de Diputados a mediados de febrero próximo, en el marco de la prórroga de sesiones extraordinarias.
Se trata de un proyecto incluido en el temario de la prórroga de convocatoria a extraordinarias -que vence el 28 de febrero- enviado por el Poder Ejecutivo y que la Cámara de Diputados aspira a sancionar antes del inicio del período ordinario que comienza el primero de marzo.
La iniciativa -que apunta a fomentar el crecimiento de las pymes- establece un régimen diferencial durante dos períodos fiscales para las empresas que reinviertan en capital productivo.
En caso de ser aprobada finalmente en febrero, la propuesta no podrá regir en el ejercicio fiscal 2006 y deberá esperar al año próximo para entrar en vigencia, según estimaron fuentes parlamentarias al no haberse votado en el transcurso de 2005.
Sin embargo, y más allá de estar incluido en el temario, fuentes parlamentarias no descartaron que el oficialismo de la Cámara de Diputados postergue el debate de esta iniciativa ya que, según dijeron, el beneficio representa unos mil millones de pesos de costo fiscal y "no hay tanto apuro para aprobarlo".
La iniciativa, según el texto enviado por el Poder Ejecutivo, establece durante dos períodos fiscales "un tratamiento impositivo diferencial entre las ganancias distribuídas y aquellas que son reinvertidas en la explotación" para dar preferencia a estas últimas "incentivando la incorporación de capital productivo". Pero y para acceder a ese beneficio, las empresas deberán previamente renunciar a la promoción de cualquier procedimiento judicial o administrativo con relación al decreto 1.043/03 o a reclamar con fines impositivos la aplicación de procedimientos de actualización cuya utilización se encuentra vedada.
Establece además que "cuando las utilidades no fueran reinvertidas totalmente en la compra, importación, construcción o mejora de la infraestructura de la empresa el excedente estará sujeto al pago de los impuestos eximidos en el régimen".