El Congreso Nacional avanzará en los próximos dos meses en la sanción de un paquete de leyes laborales, que apuntan a restituir los derechos laborales que perdieron los trabajadores durante la década del 90.
Los legisladores procurarán eliminar las leyes flexibilizadoras que continúan vigentes, como el tope indemnizatorio para los despidos sin causa, los plazos de prescripción para realizar una demanda laboral y el fraccionamiento de las vacaciones que se puede hacer en las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes).
El Parlamento sancionó varios proyectos para restituir los derechos laborales en los últimos tres años, pero ahora esa tendencia ganó impulso desde que asumió la presidencia de la comisión de Legislación del Trabajo Héctor Recalde, un abogado laboralista de vasta trayectoria y de aceitados contactos con la CGT.
El Congreso ya aprobó una ley que autoriza a los empleados a considerarse despedidos cuando se alteran las condiciones de trabajo y otra que restituye a la justicia laboral la potestad para dirimir sobre la situación de los empleados en caso de convocatoria de acreedores o quiebra de la empresa. Tras ello, la Cámara de Diputados tratará en la sesión del 19 de abril un proyecto para eliminar el tope indemnizatorio que se impuso en 1998, en el marco de las leyes laborales impulsadas por el ex presidente Carlos Menem y su ministro Domingo Cavallo, y que fue declarado inconstitucional por la propia Corte Suprema.
El presidente de la Comisión de Legislación del Trabajo, Héctor Recalde -autor del proyecto- aseguró que el tope indemnizatorio "resulta confiscatorio, ya que violenta el derecho a la propiedad que está consagrado en la Constitución, y por eso el Congreso debe anularlo".
Recalde aseguró que con esta iniciativa, que tuvo dictamen de mayoría con el respaldo de la mayor parte de los bloques, se busca "una mayor protección de la fuente de empleo", y "poner límite a la alta rotación en los puestos de empleo, y atenuar así la precariedad laboral".
La ley sancionada en 1998 establece un tope indemnizatorio que se calcula multiplicando por tres el importe mensual que resulte del promedio de todas las remuneraciones previstas en el convenio, excluyendo la antigüedad. En cambio, ahora la Cámara busca restituir el viejo sistema, que postulaba que se debe pagar una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año servicio o fracción mayor de tres meses tomando como base la mejor remuneración mensual devengado el último año. Además, el proyecto establece que la indemnización no podrá ser inferior al sueldo de dos meses.
La comisión también emitió dictamen sobre otra iniciativa del diputado Francisco Gutiérrez para extender los plazos de prescripción para presentar una demanda ante la empresa. El despacho establece que ahora esa demanda se podrá presentar aunque el trabajador ya no se encuentre empleado y que habrá dos años para promover esa demanda por hechos que hayan sucedido en los últimos cinco años.
La Comisión de Legislación Laboral abrirá también un debate sobre la derogación del artículo 2 del decreto de la ley de las pequeñas y medianas empresas, que permite el fraccionamiento de vacaciones del personal.