Un nuevo proyecto sobre declaración de Voluntad Vital Anticipada fue presentado en la Cámara de Diputados y reaviva la polémica sobre la “muerte digna” o la “larga vida”.
Por Julio El Alí
La suerte de una persona puede cambiar en un instante. La vida se puede transformar en un verdadero camino de rosas para algunos y, para otros, en un tedioso sendero de espinas. Ante esta situación de incertidumbre sobre el futuro del ser humano, se debate si se debe continuar la vida de aquellas personas que, por alguna razón, se convirtieron en pacientes terminales o permitir al individuo decidir de manera previa cuál será su destino en el caso de que su vida dependa de medios artificiales.
En el Congreso Nacional existieron varios intentos de reglamentar el derecho a que se respete la voluntad del paciente sobre si desea seguir viviendo o prefiere la muerte, pero el derecho a la vida junto a la concepción católica fueron los mayores impedimentos para modificar lo establecido hoy por hoy como un delito.
Un nuevo proyecto, presentado por la diputada Laura Sesma, tiende a hacer efectivo el derecho de las personas a decidir sobre las actuaciones sanitarias de que pueda ser objeto en el futuro, en el supuesto caso de que llegado el momento no goce de capacidad para consentir por sí misma. Dicho derecho será regulado por intermedio de la declaración de su propia voluntad vital anticipada.
Vital voluntad
Se entiende por declaración de voluntad vital anticipada la manifestación escrita por una persona capaz que, consciente y de forma libre, expresa las opciones e instrucciones que deben respetarse en la atención médica que reciba, cuando las circunstancias clínicas no le permitan expresar su voluntad. Por ejemplo, cuando una persona se encuentra en estado vegetativo y sólo respira conectado a un respirador.
La iniciativa de la diputada socialista crea el registro de voluntades anticipadas, dependiente del Ministerio de Salud de la Nación, en el que las personas en forma voluntaria podrán inscribir el otorgamiento, la modificación, la sustitución y la revocación de los documentos de voluntades anticipadas.
El proyecto establece que toda persona tiene derecho a manifestar sus objetivos vitales y valores personales, así como las instrucciones de ser sometida o no a determinado tratamiento médico ante un diagnóstico de enfermedad terminal. Asimismo, tiene derecho a expresarlo mediante un documento. Las manifestaciones de voluntad o las instrucciones previstas en el documento deberán ser respetadas por los médicos que la atiendan.
En el documento firmado por el individuo contará con las instrucciones donde el declarante ordena al médico a abstenerse de someterlo a cualquier o determinado tratamiento médico, que sólo sirva para prolongar de manera artificial el proceso inminente de su muerte.
La nueva propuesta de Sesma estipula que el diagnóstico de enfermedad terminal es cuando un paciente sufre una enfermedad avanzada, progresiva, incurable e irreversible y mortal a corto plazo. El estado vegetativo persistente es un estado de inconciencia en el cual no existe ninguna función cortical o cognitiva del cerebro, para el cual no existe una posibilidad realista de recuperación, de acuerdo con los estándares médicos, establecidos.
No es tan simple
El derecho a la vida de las personas es un atributo por el que debe pregonar el Estado. Por lo tanto, decidir sobre su propia muerte no sólo involucra al individuo.
Laura Sesma reconoce la problemática y explica que “no se tendrán en cuenta instrucciones que en el momento de ser aplicadas resulten contrarias al ordenamiento jurídico o no se correspondan con los casos supuestos que el documento de voluntad anticipada prevé. Tampoco cuando resulten contraindicadas para su patología”.
En caso de que la declarante sea una mujer embarazada y en ese estado sufriera de una condición de salud terminal, la declaración quedará inoperante hasta terminado el estado de embarazo. Otra de las prohibiciones contempladas es un tema muy controversial, ya que el paciente no puede negarse a recibir los recursos médicos disponibles para aliviar su dolor y alimentarse.
Proyectos en coma
El Senado tampoco fue ajeno al debate que tuvo su pico máximo el año pasado, con el caso famoso de la mujer norteamericana Terry Schiavo, que fue desconectada luego de 14 años de estar internada en un coma irreversible.
Este caso provocó un profundo debate en todo el mundo sobre hasta cuándo y bajo qué condiciones debe prolongarse la vida de quien ya no puede vivir por sus propios medios. Circunstancia que se agrava todavía más si la persona ya no está en condiciones de manifestar de manera expresa su voluntad.
Los senadores Luis Falcó, Sonia Escudero, Jorge Capitanich y Adriana Bortolozzi de Bogado han presentado distintos proyectos sobre el tema. Sin embargo, ni desde la Cámara baja ni desde la Cámara alta el debate ha tenido respuesta concreta y definitiva. El tema llegó a ser tratado por el Congreso Nacional, pero no se continuó avanzando. Todos los proyectos presentados fueron estudiados pero ninguno tuvo tratamiento en comisión y lo cierto es que en la Argentina no hay una legislación específica sobre la llamada “muerte digna”. ¿Los proyectos morirán dignamente? Por ahora, la agenda indica que su diagnóstico es irreversible.