La Comisión de Legislación Penal de la Cámara de Diputados tratará este martes un proyecto de ley para que los condenados por crímenes de lesa humanidad no puedan acceder al beneficio de la prisión domiciliaria cuando cumplan los 70 años.
La iniciativa, que modifica la ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, busca poner un punto final a la "concesión automática" del beneficio a quienes violaron los derechos humanos durante la última dictadura, y si es aprobada quedará lista para su tratamiento en el recinto. "Se trata de una excepción pero en los casos de los que cometieron los crímenes más atroces es una regla, porque los jueces automáticamente les conceden la prisión domiciliaria, aún cuando está probado que habitualmente se fugan o salen a pasear", afirmó el diputado Gerónimo Vargas Aignasse, quien elaboró la iniciativa junto a Beatriz Rojkes de Alperovich.
Actualmente la norma señala en su artículo 33 que "el condenado mayor de setenta años o el que padezca una enfermedad incurable en período terminal, podrá cumplir la pena impuesta en detención domiciliaria, por resolución del juez de ejecución o juez competente, cuando mediare pedido de un familiar, persona o institución responsable que asuma su cuidado".
Se propone incorporar un artículo que precisa que "no será aplicable el beneficio (de prisión domiciliaria) en los casos en que se trataren ejecución de penas privativas de libertad por delitos de lesa humanidad o contra los derechos humanos establecidos en la Constitución Nacional y en Tratados Internacionales".
El debate sobre el otorgamiento este beneficio a los procesados o condenados por violaciones a los derechos humanos comenzó en 1998, cuando se dictó el procesamiento de Jorge Rafael Videla y la Cámara Federal de San Martín le concedió el arresto en su domicilio.