Sancionan la “Ley Seca” en todo el territorio mendocino.
La norma prohíbe la venta, expendio y suministro de bebidas alcohólicas entre las 23 y las 8, con excepción de los comercios habilitados. Las multas por infringir la restricción alcanzan los 15.000 pesos para los comercios y 2.000 para las personas.
La Cámara de Diputados de la provincia de Mendoza convirtió en ley el proyecto del Poder Ejecutivo que prohíbe en todo el territorio provincial la venta, expendio y suministro de bebidas alcohólicas entre las 23 y las 8, informaron las autoridades.
La denominada "Ley Seca" es de aplicación en todo el territorio mendocino prohibiéndose la venta, expendio y suministro de bebidas alcohólicas al público, cualquiera sea su graduación, presentación o preparación entre las 23 y las 8 horas.
También queda prohibido en todo el territorio mendocino "el consumo en la vía pública de bebidas alcohólicas y sustancias capaces de embriagar, cualquiera sea su graduación, presentación o preparación, con excepción del servicio de mesas y sillas en veredas que cuenten con permiso y habilitación municipal.
Las multas a reincidentes en locales comerciales puede alcanzar los 15.000 pesos y hasta el cierre definitivo del local.
En cuanto a las personas que no cumplan con esta restricción "serán castigadas con una multa de hasta 2.000 pesos, pena que podrá ser elevada de un tercio a la mitad en caso de reincidencia".
"Si el que infringiere la norma fuere menor de 18 años, se pondrá en conocimiento de los padres, tutor o guardador, quienes serán solidariamente responsables del pago de multas señaladas, independientemente de las medidas de protección o socioeducativas
que correspondan atento a la gravedad del caso", especifica en una de las parte la flamante Ley Seca mendocina.
En cuanto a las sanciones que recaerán sobre los empresarios, administrador, encargado o concesionario de locales comerciales que infrinjan lo dispuesto habrá sanciones correlativas desde clausura temporaria del local de 15 días, multa de 5.000 pesos;
clausura temporaria con cese inmediato de la actividad de 30 días, multa en pesos triplicada a la anterior en caso de reincidencia y por último clausura definitiva e inhabilitación del local.
La denominada Ley Seca, proyecto del Poder Ejecutivo, fue aprobada por unanimidad y convoca a los municipios adherir a la misma.
Desde hace dos años algunos municipios mendocinos venían aplicando la prohibición de venta de alcohol en quioscos y drugstores, como las comunas de Capital -pionera en esta iniciativa- Las Heras, Godoy Cruz y Guaymallén.
La Ley Seca mendocina exceptúa a los comercios habilitados como confiterías, restaurantes, hoteles, locales de diversión nocturna y bailables, bares, salones de fiestas, casinos, drugstores y/o similares, para consumo personal de los clientes o pasajeros "dentro del ámbito físico donde desarrollan sus actividades, estableciéndose para estos el tope horario de las 4.30 horas.
También especifica que "dicha restricción no regirá los días 25 de diciembre y 1 de enero.