La norma regirá dentro de 60 días en la provincia de Buenos Aires, a partir de la norma sancionada por la Legislatura provincial.
Fue publicada en el Boletín Oficial la ley sancionada por la Legislatura bonaerense que establece que el sistema de autoservicio de combustible, en cualquiera de sus modalidades, será prohibido en los próximos 60 días en las estaciones de servicio ubicadas en la Provincia de Buenos Aires.
La norma prohíbe el suministro de todo tipo de combustibles por parte de los clientes bajo la modalidad de autoservicio, y de personal ajeno a las estaciones.
"Todas las estaciones de servicio existentes y las que se habiliten en el futuro, deberán estar atendidas por personal, especialmente capacitado en el rol de incendios y en la aplicación de las normas de seguridad para el expendio de combustible por surtidor", indica el artículo 2 de la ley, que lleva el número 13.623, y fue publicada este jueves en el Boletín Oficial.
Además, establece que el personal que se desempeñe en estos comercios "deberá adquirir todas las capacidades necesarias para actuar en situaciones de emergencia".
La ley, sancionada por un proyecto del diputado radical Juan Carlos Morán, indica que las estaciones de servicio que no cumplan con esta medida serán sancionadas con la clausura preventiva del establecimiento hasta tanto acrediten, ante las autoridades de contralor, que cuentan con el suficiente personal capacitado para brindar una debida atención.