Presentaron un proyecto en ese sentido en la Cámara de Diputados.
El presidente de la Cámara baja, Alberto Balestrini, y el titular de la Comisión de Legislación Laboral, Héctor Recalde, buscan a través de un proyecto que el salario mínimo vital y móvil no podrá ser embargado, excepto en el caso de mantener deudas alimentarias.
La iniciativa apunta a adecuar las normas que admiten el embargo sobre las remuneraciones e indemnizaciones debidas al trabajador a fin de que no se afecten sus derechos fundamentales.
Cabe consignar que en la actualidad el embargo es posible sólo en una proporción sobre la suma que supera un monto igual al establecido como salario mínimo, vital y móvil, según sostiene la iniciativa en sus fundamentos. Pero puede ocurrir que, por diversos motivos, el salario mínimo vital y móvil quede rezagado respecto de los precios de la canasta básica.
De ahí que el proyecto apunte a establecer un doble estándar para medir el mínimo inembargable, ya que a la suma igual a la establecida como salario mínimo, vital y móvil, se agrega el valor de la Canasta Básica Total para Hogar 3 que publica el INDEC. De ambas sumas, corresponderá utilizar la que resulte mayor para que, sobre el excedente, se aplique el embargo en la proporción de la ley.
Esa medida no será aplicable cuando se trate de embargos por deudas alimentarias o litis expensas, las que deberán ser fijadas de modo que permitan la subsistencia del alimentante.