La Justicia Electoral difundió las condiciones que debe tener la documentación de los ciudadanos para votar en los comicios porteños del próximo domingo.
Los ciudadanos habilitados deben votar sólo en la mesa en la que están inscriptos y con el documento habilitante que figure en el padrón, original o alguno de los duplicados.
Si no se vota con el documento original, el duplicado debe ser igual o posterior al que figura en el padrón.
Si existen diferencias en alguno de los datos del documento respecto de padrón -apellido, nombre, número de documento-, se puede votar siempre que los otros datos fueran coincidentes.
Si el documento carece de fotos, también se podrá emitir el voto si es posible la identificación y que, en caso de que todos los casilleros para sellar el sufragio estén completos, se podrá habilitar cualquier espacio libre.
Se impedirá el voto cuando el ciudadano no figure en la mesa receptora de votos, figure línea anulada o inhabilitada o el documento sea anterior o diferente al que consta en el padrón.