Se trata de una norma que apunta a evitar la especulación con cereales.
La Cámara baja convirtió en ley un proyecto aprobado por el Senado la última semana, según el cual los exportadores deberán pagar las retenciones con aumento por las ventas el exterior que habían declarado antes de que se decidiera el incremento del 27 al 35% de ese gravamen.
El proyecto convertido en ley establece además un mecanismo permanente para que en el futuro se repita algo común: que los exportadores registren operaciones antes de los eventuales incrementos, con el fin de evitar el pago de los mayores gravámenes.
El proyecto fue convertido en ley en su cámara de origen, ya que había sido presentado en su momento por el diputado demoprogresista Rafael Martínez Raymonda (MC) y tras sufrir modificaciones en el Senado, recibió ahora su aprobación por 165 votos favorables en la Cámara baja.
A partir de la promulgación de esta ley, las ventas de cereales al exterior "deberán ser registradas, mediante declaración jurada, ante la Autoridad de Aplicación, de la forma que determine el Poder Ejecutivo Nacional, quien deberá, a su vez, reglamentar los plazos de vigencia de dicha declaración".
La iniciativa propone que todas las personas o empresas que declararon ventas ante la Secretaría de Agricultura y que no tuvieren a la fecha el cambio de registro del derecho de exportación tienen que tributar los nuevos derechos.