La propuesta establece que para poder trabajar en la actividad, deberán aprobar un curso con materias que apuntan especialmente a la comunicación no violenta.
La Comisión de Legislación General de la Cámara de Diputados, presidida por Vilma Ibarra, dictaminó este jueves a favor de insistir en la sanción original del proyecto para regular la acción de los guardias de seguridad en boliches bailables y locales de espectáculos y entretenimientos, que había modificado el Senado.
La Cámara baja dio media sanción al proyecto por unanimidad en febrero de 2007 y lo giró al Senado, donde se le efectuaron modificaciones que no serán aceptadas por Diputados, donde se entiende que se "desnaturalizó" el objeto del régimen.
Esto es porque los senadores con los cambios que efectuaron al texto pusieron como objeto de la ley a los concurrentes dejando en un segundo plano la relación laboral de los patovicas con sus empleadores.
El proyecto fue enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso cuando todavía gobernaba Néstor Kirchner en respuesta a la resonancia pública que tuvo la muerte de un joven en un boliche del conurbano bonaerense.
La propuesta crea un Registro Único para la inscripción de personas que realizan "tareas de control de admisión y permanencia de público en espectáculos musicales, artísticos y de entretenimiento".
Debido a la especificidad de las tareas a desarrollar la ley en ciernes encuadra a los trabajadores en tres categorías: Controlador, Controlador especializado y Técnico en control de admisión y permanencia.
Para obtener cada categoría, el controlador tendrá que aprobar un curso con materias que apuntan especialmente a la comunicación no violenta, derecho penal y constitucional, derechos humanos, seguridad en sinistros y primeros auxilios.
El proyecto establece que no podrán ser "patovicas" de boliches personas que hayan sido condenadas por delitos de lesa humanidad, que se encuentren en actividad revistando en fuerzas armadas, penitenciarias, de seguridad e inteligencia o castigados por la misma actividad con penas superiores a 3 años.
Dispone, además, que el personal de control de admisión y permanencia estará obligado a exhibir una credencial donde conste nombre, apellido y foto y el número de habilitación profesional otorgado por el Ministerio del Interior o por la autoridad de aplicación de cada jurisdicción según corresponda.