La asunción de Sergio Massa como nuevo titular de la Jefatura de Gabinete de Ministros en reemplazo de Alberto Fernández, rehabilitó el pedido de modificaciones en la metodología de la exposición ante la Cámara de Diputados, como lo establece la Reforma de la Constitución de 1994.
El diputado nacional por el justicialismo Juan José Álvarez presentó un proyecto donde se prevé que “el jefe de Gabinete, con una anticipación no inferior a diez días hábiles, hará llegar a los presidentes de cada uno de los bloques políticos a través del presidente de la Cámara un escrito con los temas a exponer”.
En este sentido, “los bloques políticos integrantes del cuerpo presentarán al jefe de Gabinete, a través de la presidencia de la Cámara, en el término de cinco días hábiles contados a partir de la recepción del temario, los requerimientos, informes y ampliaciones que consideren oportunos, todos los cuales serán evacuados en la sesión de que se trate".
El proyecto del diputado peronista, hoy en el interbloque del PRO, prevé que el jefe de Gabinete dispondrá de una hora para exponer su informe. A continuación los bloques en su conjunto dispondrán de doscientos cuarenta minutos para solicitar aclaraciones o ampliaciones. El tiempo acordado a los distintos bloques será distribuido en proporción a la cantidad de sus integrantes, estableciéndose un mínimo de cinco minutos por bloque.
Según el proyecto, el jefe de Gabinete dispondrá de un máximo de veinte minutos para responder a cada uno de los bloques, estando facultado para solicitar, en cada caso, breves cuartos intermedios a efectos de ordenar las respuestas. Finalizada la contestación del Jefe de Gabinete de Ministros, cada bloque tendrá dos minutos para repreguntar en forma precisa y conducente sobre la temática abordada. Las nuevas preguntas deberán ser respondidas en ese momento por el Jefe de Gabinete por un periodo de diez minutos.
Cuando la naturaleza y la complejidad del asunto lo requieran el jefe de Gabinete de Ministros podrá responder por escrito dentro de los cinco días hábiles posteriores a la sesión
El tiempo no invertido en un turno por quien haga uso de la palabra, de conformidad con lo establecido en este reglamento, no importará ampliación de los tiempos acordados a los restantes oradores
Los plazos antes mencionados sólo podrán prorrogarse una vez, por un máximo de cinco minutos, por resolución de la Cámara.
A petición de un diputado, brevemente fundado y con el apoyo de la mayoría simple de los presentes, podrá la Cámara sin discusión y sobre tablas declarar libre el debate, tras lo cual cada diputado, los ministros y secretarios de Estado en los supuestos del artículo 201 del reglamento, y el Jefe de Gabinete de Ministros, podrán hacer uso de la palabra cuantas veces lo estimen conveniente.
Esta reforma seguramente no tendrá un futuro próspero, pero será analizado. ¿Qué dirá Massa?