Un diputado provincial presentó un proyecto para derogar las facultades que tiene el recaudador para actuar sobre activos bancarios.
El diputado bonaerense por la UCR Gustavo Hernán Zuccari presentó un proyecto de ley para solicitar la “derogación del artículo 13 bis del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires -texto según ley 13529- “a través del cual se faculta al titular de la Agencia de Recaudación Buenos Aires (ARBA), Santiago Montoya, a embargar "directamente" las cuentas y activos bancarios, sueldos, bienes muebles, "sin orden judicial previa", entre otras atribuciones.
Para el legislador, tal cuestión merece serios reparos constitucionales porque "primero, se está facultando al Poder Ejecutivo a realizar actos que afectan derechos constitucionales de propiedad, que sólo puede realizar el Poder Judicial; y segundo, se está violentando así la garantía constitucional de la inviolabilidad de la propiedad sin orden judicial, contemplada en el artículo 17 de la Constitución Nacional, y 31 de la Constitución Provincial".
En ese contexto, explicó el diputado, "nos encontramos ante una evidente contradicción con el principio de división de poderes del Estado (Art. 109) que debe ser respetado en el ámbito provincial en virtud de la garantía al sistema republicano de gobierno consagrada en los artículos 1, 5 y 31 de la Constitución Nacional".
"El artículo 13 bis, -fundamenta el proyecto del radical- al autorizar a una dependencia del Poder Ejecutivo Provincial a trabar medidas cautelares contra la propiedad privada de los ciudadanos, en forma extrajudicial y directa, sin intervención judicial, le está confiriendo al Ejecutivo -en este caso al ex titular de Rentas, hoy al frente de ARBA, Santiago Montoya- funciones que son exclusivas y excluyentes de la Justicia".
En ese contexto, Zuccari expresó que "la norma aparece entonces como arbitraria e ilegítima. Las medidas cautelares deben ser decretadas por los jueces, siendo ajenas a los otros poderes. Por aplicación del cuestionado artículo, se superponen en el proceso de apremio, el Poder Ejecutivo y el Judicial".
Así, "las facultades abusivas que la norma atribuye resultan inconstitucionales de acuerdo al tenor intrínseco que presenta además de afectar en grave modo el correcto desenvolvimiento de la Administración de Justicia", añadió el legislador oriundo de Pehuajó.
"La lucha contra la evasión tributaria, no autoriza al Estado Provincial a otorgar por ley al Poder Ejecutivo, facultades propias de los jueces que violen el principio constitucional antedicho y vulneren garantías constitucionales de los ciudadanos (art. 29 C.N.)", sostuvo el integrante del Bloque radical de diputados.
En otro de sus párrafos, la iniciativa parlamentaria señala que " la Constitución Nacional y las provinciales, aseguran dentro de sus respectivas jurisdicciones, como resguardo del sistema democrático la "tutela judicial amplia y efectiva", sometiendo a la competencia de los jueces "todas las causas que versan sobre derechos reconocidos constitucionalmente".
Así, "queda comprendido dentro de la competencia propia del Poder Judicial, la fiscalización del obrar ejecutivo y legislativo, por vías y remedios procesales específicos que explicitan su misión. De esta manera, la ejecutoriedad de las deudas fiscales resulta vedada a la Administración, quien debe recurrir a los Tribunales para perseguir el cobro de las acreencias tributarias", continúa explicando el proyecto de ley.
"El juez, autoridad independiente e imparcial, tiene a su cargo la dirección del proceso, potestad que tal como está redactada la norma, pasaría en determinados aspectos a depender de la decisión de la autoridad administrativa ejecutante, poniendo en crisis dos principios fundamentales: la razonabilidad y la proporcionalidad, consagradas en el artículo 28 de la Constitución nacional", concluyó Zuccari.