La Legislatura sancionó la norma que permite la creación del nuevo cuerpo policial, gracias al voto de los macristas, el kirchnerismo, socialistas y otros bloques.
Finalmente llegó el día para la ley marco de Seguridad Pública de la Ciudad; la propuesta legislativa prevé la creación de la Policía Metropolitana, del Instituto Superior de Formación Policial y de la Oficina de Investigaciones Judiciales.
En el ámbito de una sesión especial, la Legislatura sancionó el proyecto de establece la creación de la Policía Metropolitana que cumplirá con las funciones de seguridad general, prevención, protección y resguardo de personas y bienes, y de auxiliar de la Justicia.
El proyecto de ley aprobado contó con el apoyo del bloque del PRO, el Frente para la Victoria, el PS, Autonomía con Igualdad y Encuentro Progresista. En contra votaron el ibarrismo de Diálogo por Buenos Aires, Igualdad Social, la Coalición Cívica y Nueva Izquierda. Fueron 42 votos positivos contra 13 en contra.
La apertura del debate corrió por cuenta de la presidenta de la Comisión de Segurida, Silvia La Ruffa (FpV), quien marcó diferencias diciendo que "Macri quería la Policía, esta Legislatura quiere la seguridad".
La Ruffa enfatizó que la ley de Seguridad Públicas "es mucho más que una ley de policía". A su vez, elogió el papel de los integrantes de la comisión en la que se discutió el tema.
"Macri no va tener más excusas y se va atener que hacer cargo de la seguridad y tener un plan integral para la Ciudad", sostuvo La Ruffa.
Por otra parte dijo: "Además estamos creando el Instituto de Formación. Planteamos la transición institucionalizada, porque si no se cumple con esto, puede fracasar todo este trabajo. Estamos poniendo el primer granito de este sistema de seguridad pública, que nos va a trascender. El jefe de Gobierno no va a tener más excusas, se tiene que hacer cargo de la seguridad, y con un verdadero plan integral de seguridad para todos los que transitan, viven, pasean en esta ciudad”, finalizó La Ruffa.
Durante el debate, hubo críticas hacia el ministro de Justicia, Aníbal Fernández, respecto a quien el macrista Cristian Ritondo señaló que "en Buenos Aires no se puede seguir dependiendo en materia de seguridad de los humores de un ministro".
Ritondo consideró a éste un “día histórico para la Ciudad y para esta Legislatura”: “hoy empieza a tomar valor lo de Ciudad Autónoma; empezamos a cumplir con el sueño de muchos constituyentes y ciudadanos”, dijo. También hizo un reconocimiento por el consenso alcanzado. Luego señaló: “Macri dijo: reclamaremos el traspaso de la Policía con su presupuesto y si no, tomaremos el difícil camino de conformar nuestra fuerza policial”. "La Policía metropolitana viene a incrementar la calidad de vida de los porteños, como forma acabada a la política de seguridad trazada por el gobierno” agregó el legislador.
Coincidió con la presidenta de la Comisión de Seguridad en que “el personal no va a guardar obediencia debida y la Policía no va a tener autarquía”. Además destacó que es una “herramienta fundamental para cualquier política pública de seguridad, como uno de los elementos, pero sin policía nada de esto puede hacerse”. Adelantó que los porteños tendremos una “Policía más moderna, democrática y defensora de las garantías”.
A su turno, Martín Borrelli expresó que "la creación de la policía porteña es un hito en la historia de la autonomía de la ciudad y representa un aporte concreto del gobierno de Macri en la búsqueda de soluciones para el flagelo de la inseguridad".
A su vez, el titular del bloque de la CC, Enrique Olivera, reclamó que el Gobierno nacional transfiera recursos para el financiamiento de la fuerza. Olivera disparó por elevación al bloque kirchnerista, señalando que entendía que botaran esta ley, porque "maravilla de negocio que hacen, se ahorran 500 millones de dólares".
El diputado Julián D´Angelo (bloque Socialista) hizo un reconocimiento a los consensos alcanzados entre el oficialismo y la oposición. Sostuvo que “esta etapa que se abre con las leyes de seguridad pública, es un paso imprescindible para avanzar en una política de seguridad. Y agregó: "Impulsamos y logramos que la Policía dependa del ministerio de Seguridad porque consideramos que la política de seguridad corresponde al Poder Ejecutivo y modificamos el texto que planteaba una insólita autarquía, que no se da en ninguna parte del mundo”.
El diputado Gonzalo Ruanova (bloque Diálogo por Buenos Aires), sostuvo que a su bloque le “hubiera gustado discutir la prevención, porque más allá del título de la ley, esto! no es crear un sistema de seguridad metropolitana, no estamos de acuerdo con el instrumento”.
El diputado Guillermo Smith (Coalición Cívica), destacó que para este bloque “el problema de la seguridad es uno de los que más nos angustia”. También quiso que “quede claro que la ciudad debe tener su policía, pero respetando la Constitución”. Explicó que “una cuestión sustancial” aleja a ese bloque del proyecto de mayoría por lo que no lo votarían en general si no se agregan dos cláusulas transitorias que apunten a iniciar una acción judicial para que el Gobierno Nacional transfiera la Policía con sus recursos y celebre con la Ciudad los convenios correspondientes”
También desde la oposición, Martín Hourest acusó al Gobierno porteño de "pasar de garantizar la seguridad de lo público al espectáculo de la seguridad pública".
Por su parte, el ex jefe de Gobierno Aníbal Ibarra, del bloque Diálogo por Buenos Aires, anticipó su voto negativo a la iniciativa y señaló que "la seguridad en la Ciudad de Buenos Aires debe encararse de otra manera y no con este proyecto".
El presidente del Bloque Frente para la Victoria, diputado Diego Kravetz sostuvo que “esta es la mejor ley posible”. Agregó que “no es una ley de policía, sino una ley de seguridad, ya que se incorporó (en uno de los incisos del articulado) la Prevención del delito“. Además sostuvo que "cuando se está debatiendo la baja de la imputabilidad, los psicólogos o sociólogos hablan de chicos de 14 años por ejemplo, que no tienen nada que perder, educación, trabajo, familia, porque no lo tienen, porque vamos por la tercera generación de pobres, por eso es necesaria la prevención del delito”. Finalizó manifestando su deseo de que "el Ministro de Seguridad cuando implemente esta ley se reúna con los otros ministros y les diga lo importante que es la educación, la salud, la vivienda, para prevenir el delito”.
La sesión arrancó a las 17.30, dos horas y media después de lo previsto, y fue seguida en persona por el ministro de Seguridad y Justicia porteña, Guillermo Montenegro, y la defensora del Pueblo de la Ciudad, Alicia Pierini.
La policía metropolitana será una entidad autárquica en el orden administrativo y financiero, bajo dependencia orgánica y funcional del jefe de Gobierno a través del Ministerio de Justicia y Seguridad y su labor constituirá un servicio público tendiente a la promoción de las libertades y derechos de las personas y en consecuencia de ello, a la protección de las mismas ante hechos lesivos de dichas libertades y derechos.
El sistema está integrado por los siguientes componentes:
a) El Jefe de Gobierno.
b) El Ministerio de Justicia y Seguridad.
c) El Poder Legislativo.
d) El Poder Judicial.
e) Las Juntas Comunales.
f) La Policía Metropolitana.
g) Cuerpo de agentes de control de transito y transporte.
h) Servicio de reinserción social.
i) Instituto Superior de Seguridad Pública
j) Consejo de Seguridad y Prevención del Delito.
k) Sistema de Información para la Prevención Comunitaria del Delito y la Violencia. ( SIPREC).
l) Sistema Penitenciario.
m) Sistema de Emergencias.
n) Bomberos.
o) Sistema de Seguridad Privada
p) Foros de Seguridad Pública
El jefe de Gobierno es el "responsable de la conducción político-institucional superior del sistema de seguridad pública de la Ciudad de Buenos Aires" y deberá "formular y presentar anualmente a la Legislatura de la Ciudad, el Plan General de Seguridad Pública que debe contener la misión o premisa dominante, las metas generales y los objetivos específicos de la política de seguridad pública así como las estrategias y directivas generales para su gestión, implementación y control." El primero de estos informes deberá ser remitido antes del 15 de diciembre próximo, tal como se estableció en una de las cláusulas transitorias incorporadas durante el tratamiento.
En tanto el ministro de Justicia y Seguridad es responsable, entre otras, de las siguientes funciones: la dirección superior de la Policía Metropolitana; la elaboración, implementación y evaluación de las políticas y las estrategias de seguridad pública, de seguridad vial, en materia penitenciaria y de reinserción social de los condenados; la fiscalización del sistema de seguridad privada y la administración del régimen sancionatorio y de infracciones; la planificación, organización y ejecución de la capacitación, formación e investigación científica y técnica en materia de seguridad ciudadana tanto para el personal policial como para los funcionarios civiles; la coordinación de los distintos componentes del Sistema de Emergencia; la auditoría externa prevista en la ley.
Participación Comunitaria
La Ley dispone, en uno de los artículos, que "la participación comunitaria en la seguridad pública se efectiviza a través de la actuación de los Foros de Seguridad Pública, que se constituyen mediante una ley especial, como ámbitos de participación y colaboración entre la sociedad civil y las autoridades, para la canalización de demandas y la formulación de propuestas en materia de seguridad pública."
Policía Metropolitana
La Policía Metropolitana, fue creada en uno de los capítulos de la ley como "una institución civil armada, jerarquizada profesionalmente, depositaria de la fuerza pública del Estado en el ámbito de la Ciudad (...)", bajo la dependencia jerárquica y funcional del jefe de Gobierno a través del Ministerio de Justicia y Seguridad.
La norma sancionada establece los principios básicos de actuación policial, sus funciones, atribuciones y organización. Brindar seguridad a personas y bienes; prevenir la comisión de delitos, contravenciones y faltas; mantener el orden y seguridad públicas; auxiliar en materia de seguridad vial y de la justicia en los casos que se le requiera; son algunas de las funciones de esta fuerza.
El personal policial no estará facultado para "privar a las personas de su libertad, salvo que durante el desempeño de sus funciones deba proceder a la aprehensión de aquella persona que fuera sorprendida cometiendo algún delito o perpetrando una agresión o ataque contra la vida o integridad física de otra o existieren indicio y hecho fehacientes y concurrentes que razonablemente pudieran comprobar su vinculación con la comisión de algún delito de acción pública", se establece en uno de sus artículos.
En ningún caso, el personal policial de esta fuerza, podrá: obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el solo hecho de su raza, fe religiosa, orientación sexual, identidad sexual, acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales, así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier esfera de acción. Tampoco influir de cualquier modo en la situación institucional, política, militar, policial , social y económica del país, en su política exterior, en la vida interna de los partidos políticos, en la opinión publica, en personas, en medio de difusión o en asociaciones o agrupaciones legales de cualquier tipo.
Quedó establecido además que el personal policial no guardará deber de obediencia cuando le sea impartida una orden manifiestamente ilegal, atente contra los derechos humanos, su ejecución configure un delito o cuando provenga de autoridades no constituidas de acuerdo con los principios y normas contenidos en la Constitución Nacional y de la Ciudad. La obediencia a una orden así "nunca será considerada como eximente o atenuante de responsabilidad".
La conducción de la policía está a cargo de un/a Jefe/a de Policía que será asistido por un subjefe, ambos designados por el Jefe de Gobierno. El ámbito de actuación territorial y/o la esfera de actuación funcional de la Policía, son establecidas por el Ministro/a de Seguridad, "sobre la base de la descentralización territorial prevista en la Ley de Comunas".
La Policía Metropolitana contará con un régimen de carrera único. El Plan de Carrera, los regímenes y criterios de capacitación y todo lo referente a las relaciones del personal de la fuerza serán regulados por un Estatuto sobre el que la ley fija pautas, entre ellas, el establecimiento de un régimen previsional especial.
El ingreso a la Policía Metropolitana de los agentes se producirá "previa aprobación de la capacitación para la seguridad pública y de los exámenes que al efecto se establezcan en las normas reglamentarias en el Instituto Superior de Seguridad Pública".
También se establece que el Poder Ejecutivo arbitrará los medios para "facilitar el acceso de los miembros de la Policía Metropolitana a una vivienda única familiar en esta ciudad", y facilitará "la inscripción en la matrícula de los establecimientos educativos del Gobierno de la Ciudad". En tanto se faculta a dicho Poder a constituir la Obra Social de la Policía Metropolitana.
Son requisitos para ser miembro de la policía, entre otros: ser ciudadano nativo o por opción; tener, al momento de ingreso, entre 18 y 30 años de edad; tener estudios secundarios completos; acreditar aptitud psicofísica compatible con la función y tarea a desarrollar; aprobar los programas y requisitos de formación y capacitación que establezca el Instituto Superior de Seguridad Pública.
No podrán ser policías metropolitanos: quienes hayan sido condenados por incurrir en actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático; quienes registren condena por violación a los derechos humanos; hayan sido condenados por delito doloso de cualquier índole; pertenezcan a las Fuerzas Armadas; hayan sido sancionados con destitución o sanción equivalente en las fuerzas policiales o de seguridad federales o provinciales u organismos de inteligencia; entre otros puntos.
Una de las cláusulas transitorias dispone lo siguiente: ! "el personal proveniente de otras Fuerzas que se incorporen para conformar la primera estructura de mandos medios deberá satisfacer las exigencias de los exámenes psicofísicos y de y de conocimientos profesionales durante la realización del Curso de Integración y Nivelación, siendo éste condición sine qua non para formar parte de cuadros permanentes de la Institución"
Un capítulo aparte de la norma se refiere a la Igualdad de Género. Allí se establece que el personal de la Policía Metropolitana "guarda una estricta representación de ambos géneros, ya sea para el acceso efectivo a cargos de conducción, como así también en todos los niveles y áreas". En tanto que la reglamentación de esta Ley y el Estatuto de Personal deberán fomentar la plena integración de las mujeres a los puestos de mando y control respetando el régimen de carrera y el plan de ascensos establecidos a tal efecto; instituir y fomentar las acciones y disposiciones legales concretas tendientes a garantizar la paridad entre el trabajo realizado y la remuneración recibida en su consecuencia, entre hombres y mujeres; y prohibir todas las prácticas que impliquen cualquier forma de segregación y discriminación por estado civil o maternidad.
Auditoría Externa Policial
Tendrá como misión principal realizar "controles normativos, de procedimientos, por resultados y por impactos del funcionamiento de la Policía Metropolitana".
También deberá controlar las actividades y procedimientos de la Policía Metropolitana en aquellos casos que se denuncien, o en los que se puedan presumir irregularidades.