La media sanción en la Cámara de Diputados de la modificación de la Ley Nº 25.630 despertó la protesta de APEBI.
En relación al proyecto de modificación de la ley 25630, con media sanción de la Cámara de Diputados, que excluye la fortificación con ácido fólico, de las harinas para la elaboración de galletitas y pastas (entre otros usos), la Asociación para Espina Bífida e Hidrocefálico (APEBI) adhiere a la postura manifiesta por la Sociedad Argentina de Pediatría, en relación a los efectos potencialmente nocivos de la implementación de la ley.
Mas allá de los probados efectos benéficos de la fortificación de harinas, en relación a la prevención de Defectos del Tubo Neural (hecho, corroborado a través de numerosos estudios internacionales en la materia), el bajo costo y los efectos masivos de prevención, “hacen de la fortificación de harinas un método efectivo y de muy fácil llegada a la totalidad de la población, sin necesidad de contar con infraestructura en servicios de salud ni personal técnico o profesional para su suministro”, explican desde la asociación.
Otros países que han realizado una campaña similar, detalla APEBI, han logrado reducir a la mitad la incidencia de los Defectos del Tubo Neural, a través de la fortificación de la totalidad de las harinas, con el agravante de que en esas naciones el consumo promedio de harina per cápita es superior al promedio de nuestro país, haciendo que nuestra población corra con una desventaja en la prevención de las mencionadas malformaciones.
“Desde todo punto de vista, ningún beneficio acarreará a nuestra población, la exclusión de ciertas harinas del proceso de fortificación conforme a la ley vigente. Por el contrario, el riesgo de reaparición de un mayor número de casos será un hecho altamente probable”, sostuvieron desde la entidad.
Y concluyeron que “la caída en los niveles de ácido fólico de la población argentina, que podría provocar la promulgación de la ley en cuestión, nos pondrá frente a un hecho sin precedentes, que si se diera por responsabilidad de los profesionales de salud podría constituir un hecho de “mala praxis” profesional, y si bien no existe un paralelismo terminológico en cuanto a la acción legislativa, podríamos hablar de un profundo descuido, que tal vez nos lleve un deterioro de salud de las generaciones venideras”.