La diputada del Frente para la Victoria Adriana Puiggrós presentó un proyecto de ley en el que propone la gratuidad del boleto en el transporte público de pasajeros para todos los estudiantes de los niveles de escolaridad obligatoria y del 50 por ciento para los del nivel superior terciario o universitario.
El transporte diario hacia la escuela resulta un tema crucial que incide de manera estructural en la posibilidad de la mayoría de las familias argentinas para garantizar el cumplimiento de la educación obligatoria. A estos efectos, existen normativas precedentes que parcialmente han ido generando descuentos y beneficios a los alumnos que contribuyen a sostener la escolaridad y garantizar de esta manera su cumplimiento.
En este sentido y en el contexto de una crisis internacional, el proyecto de ley para la gratuidad del boleto estudiantil presentado por la diputada nacional Adriana Puiggrós, según lo explicó, “pretende instituir de forma permanente los beneficios otorgados por las normativas mencionadas”.
El proyecto de ley del boleto estudiantil que presentó Puiggrós -de aprobarse- establece la gratuidad del boleto en el transporte público de pasajeros para todos los estudiantes de los niveles de educación obligatoria que establece la ley de Educación 26.206 y del 50 por ciento para los estudiantes del nivel superior pertenecientes a universidades o a institutos superiores. La medida podría beneficiar a 10 millones de alumnos que son parte del sistema público de enseñanza y demandaría una inversión del Estado de alrededor de $300 millones.
La iniciativa de la ex Secretaria de Educación de la provincia de Buenos Aires se basa en la modificación de la ley de boleto estudiantil 23.673 y crea un régimen tarifario especial para el servicio público de transporte por automotor y ferroviario de pasajeros, incluido subterráneo, para todas las líneas de servicios de corta, media y larga distancias, en sus modalidades urbanas y suburbanas, interurbanas y de larga distancia, de jurisdicción nacional sometidos al contralor de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.
El proyecto de ley de la legisladora kirchnerista especifica que: los estudiantes de los niveles de escolaridad obligatoria establecida por la ley 26.206 -Ley de Educación Nacional- gozarán del beneficio de transporte urbano e interurbano gratuito, cualquiera sea el número de secciones y distancia de los recorridos, durante los días hábiles del ciclo lectivo oficial.
En lo que se refiere a los beneficios para los estudiantes nivel superior terciario o universitario determina que el beneficio sea un descuento del 50 por ciento del valor del boleto vigente para su viaje, para los servicios de transporte público de pasajeros de corta, media y larga distancia, cualquiera sea el número de secciones y distancia de los recorridos.
En este sentido, consultada Puiggrós sobre el proyecto, explicó que “Este beneficio se extenderá durante todo el ciclo lectivo oficial para el transporte de corta distancia”, detalló la legisladora.
Y subrayó que “En el caso del transporte de media y larga distancia, entre el domicilio del beneficiario y la institución educativa a la que pertenezca, el beneficio se extenderá a todo el año calendario”, señaló Puiggrós.
Otra cuestión a destacar del proyecto es que contempla un acompañante para aquellos estudiantes de baja edad. En este sentido, dice que “Todos los estudiantes de los Niveles Inicial y Primario tendrán derecho a viajar acompañados por una persona que abonará cincuenta por ciento (50 %) del valor del boleto mínimo vigente –ida y vuelta- para los servicios de transporte público automotor y ferroviario, en los términos establecidos en el Art. 1° del Decreto 38/04”.
Con respecto a cómo los estudiantes podrán acceder al beneficio, el proyecto establece que el expendio o entrega de boletos, u otro dispositivo que los reemplace, deberá hacerse en los medios de transporte o en los lugares normales y habituales para la adquisición de boletos. “La reglamentación podrá disponer la entrega a los beneficiarios de abonos mensuales, pero deberá contemplar que éstos puedan adquirir boletos individuales por cada viaje”.
Sobre la obligación de las empresas de transporte sobre la difusión de los beneficios, el proyecto de ley especifica que “deberán publicar en sus boleterías y en los vehículos que prestan el servicio, de forma clara y visible al público, la frase "DESCUENTO PARA ESTUDIANTES".
Los estudiantes podrán adquirir una credencial identificatoria para ser beneficiarios de la gratuidad del boleto o el descuento en el caso de los del nivel superior. Para ello se les exigirá, el DNI y certificado de alumno regular expedido por la institución en el que curse. En el caso de aquellos que tengan algún tipo de discapacidad, deberán presentar el certificado que acredite la discapacidad otorgado por la autoridad competente.