La Cámara alta provincial avanzó en la creación de más de 120 cargos para los distintos departamentos judiciales de la Provincia. Ademas, dio media sanción a la denominada Ley de Compras enviada por el gobernador Scioli.
El Senado provincial aprobó en la sesión y giró a Diputados para su conversión en ley, varios proyectos creando nuevos cargos que apuntan a paliar las quejas que se escucharon desde el ámbito Judicial a la supuesta falta de recursos humanos frente al sostenido crecimiento de la litigiosidad.
En la lista figuran la creación de 14 cargos fiscales y de 17 defensores oficiales con competencia en el Fuero Criminal y Correccional; 47 cargos con competencia en el Fuero Civil y Comercial de Familia en diversos departamentos judiciales, 19 Agentes fiscales y 19 defensores oficiales para actuar ante el fuero de responsabilidad penal juvenil.
Además, se avanzará en la creación de 7 Juzgados de Garantías del Joven y en la prórroga por 6 meses más –a partir de su vencimiento- de la Ley 13.941 que estipula la disolución de los Juzgados de transición.
Por otra parte, los senadores de la provincia de Buenos Aires aprobaron la nueva ley de compras de la provincia de Buenos Aires y de esta forma el proyecto pasaría a la Cámara de diputados para convertirse en ley.
Los bloques opositores acompañaron, tal como se adelantó, el tratamiento de la ley impulsada por el Gobernador Scioli aunque, los bloques de la CC y UCR, platearon rechazos en particular de los artículos 7, 13 y 18.
La llamada Ley de Compras, articulada por distintos funcionarios de los organismos de la Constitución, busca reemplazar el registro de Contabilidad provincial vigente desde 1971 para darle más agilidad y más control a las contrataciones de la provincia de Buenos Aires.
La normativa tiene por objeto regular el subsistema de Contrataciones del Estado e incorporarlo al sistema de administración financiera del sector público bonaerense.
Las disposiciones de la ley en tratamiento en la legislatura provincial alcanzan a todos los poderes, órganos, entes, entidades, fondos fiduciarios y empresas previstos en los artículos 8 y 11 de la ley Nº 13767, salvo que por ley especial tengan otro régimen.
Los principios generales a los que deberá ajustarse la gestión de las contrataciones teniendo en cuenta las particularidades de cada una de ellas y los objetivos de la ley 13767 serán los de razonabilidad, publicidad, concurrencia, libre competencia, igualdad económica y transparencia. Estos principios servirán también de criterio interpretativo para resolver las cuestiones que puedan suscitarse.
El proyecto que posee 32 artículos, divididos en cuatro títulos, y aprobado por el Senado provincial actuaría como “un grado de presión más” para los habitantes de la Cámara baja donde todos los caminos conducen, por el momento, al desencuentro. Allí debería tratarse para que el Gobernador pueda contar con esta importante herramienta.