Los remedios sólo podrán ser vendidos en farmacias, en caso de convertirse en ley este miércoles en el Senado el proyecto que ya cuenta con media sanción de Diputados.
Un viejo anhelo de la Confederación Farmacéutica Argentina se cumpliría este miércoles en caso de que el Senado le dé la media sanción restante al proyecto que viene de Diputados y que modifica el artículo primero de la Ley 17.565, estableciendo que todos los medicamentos deberán venderse en farmacias.
Con ello, se eliminará la venta en los kioskos, permitida en la actualidad.
La norma que abordarían este miércoles los senadores establece que la preparación de recetas, la dispensa de drogas, medicamentos, incluidos los denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas, cualquiera sea su condición de expendio, sólo podrán ser efectuadas en todo el territorio de la Nación, en farmacias habilitadas.
“La venta y el despacho fuera de estos establecimientos (farmacias) se considera ejercicio ilegal de la farmacia y, sin perjuicio de las sanciones establecidas por la ley, los que la efectúen podrán ser denunciados por infracción al Código Penal”, señala la norma a punto de ser convertida en ley, que establece además que las farmacias deberían ser habilitadas por la unidad sanitaria competente quedando sujetas a su fiscalización y control.
El proyecto señala también que “las máximas autoridades sanitarias a nivel nacional y provincial se encuentran facultadas para autorizar a título precario, en zonas donde no actúen farmacéuticos, el establecimiento de botiquines de medicamentos, debiendo determinar las condiciones administrativas e higiénico-sanitarias de los mismos”.
Además, el proyecto se reserva la potestad para que el Ministerio de Salud pueda disponer la incorporación de otro tipo de productos al presente régimen.
“Los programas nacionales, provinciales, municipales o comunales destinados a la provisión de medicamentos... deben contar con la supervisión de farmacéuticos conforme lo regule la autoridad jurisdiccional competente”, establece el proyecto.
Por último, el proyecto deroga también los artículos 14 y 15 del decreto 2284/91 que autorizaba la venta de medicina y productos farmacéuticos de venta libre en establecimientos que no sean farmacias.