Se dispuso que en la Ciudad de Buenos Aires se utilicen obligatoriamente chalecos refractantes al bajar del auto en vías rápidas.
La Legislatura porteña sancionó por mayoría una ley por el cual será obligatorio que el conductor de un vehículo que deba detenerse y bajar a la calzada en una autopista o vía rápida lleve puesto un chaleco refractante, para que sea visto más fácilmente por otros automovilistas y de esa manera evitar accidentes.
La norma, elaborada por el presidente de la Comisión de Tránsito de la Legislatura, Daniel Amoroso, señala que el uso de estos chalecos será "obligatorio en autopistas u otras vías rápidas" de la Ciudad "de modo de asegurar la visibilidad del conductor" que deba bajar del vehículo, por parte de los otros automovilistas.
El legislador sostuvo que "la intención de esta iniciativa es la prevención para salvar vidas y no la generación de más medidas punitivas". Agregó que "una de las más notables causas de mortalidad en los incidentes viales es la carencia por parte de los conductores de elementos que permitan su visualización a media y larga distancia" cuando por distintas circunstancias, como pinchaduras de neumáticos, recalentamientos o falta de combustible, deben descender a la calzada.
"Un repaso por la legislación y las costumbres de varios de los países más desarrollados del mundo, en especial de alguno de los integrantes de la Unión Europea como España, Francia y los países nórdicos, conduce a la convicción de que el medio que con mayor eficacia permite la visualización a distancia de personas en estas circunstancias, es la utilización obligatoria de chalecos refractantes", señaló el diputado.
En el texto sancionado esta tarde también se señala que "la obligación de portar un chaleco refractante para determinados casos en autopistas y otras vías rápidas comenzará a regir a los 180 días corridos de publicada la presente ley, plazo dentro del cual el Poder Ejecutivo realizará una campaña de difusión sobre el tema", y se aclara que "de ser necesario, podrá prorrogar su entrada en vigencia por otros 180 días corridos".