El kirchnerismo redobló la embestida contra el vicepresidente Julio Cobos y analiza la posibilidad de impulsar un juicio político, pero la oposición tiene mayoría en el Congreso, razón por la cual sería imposible la destitución por esa vía. Compleja situación institucional.
Por Julio El Alí
El oficialismo declaró como su principal enemigo a Julio Cleto Cobos. La imagen positiva que mantiene en las encuestas el vicepresidente de la Nación con miras a las elecciones presidenciales de 2011 provoca que el Gobierno apunte todas sus “armas” para desprestigiar al hombre que, según la mayoría de las encuestadoras, “ganaría las elecciones si se realizaran ahora”.
El pensamiento dentro de las propias filas del kirchnerismo obligó a diseñar estrategias para generar una fuerte campaña negativa contra el vicepresidente. La idea central es ubicar a Cobos como líder opositor, y presionarlo para que renuncie a su cargo.
Ambas acciones son fundamentales e inseparables porque al tener un Congreso adverso, la figura de Cobos tendrá un gran protagonismo durante todo este período y como aseguró la diputada opositora Elisa Carrió, “el vicepresidente utiliza el cargo para hacer campaña”.
Por lo tanto, es fundamental para el kirchnerismo que Cobos abandone la vicepresidencia. Ante la negativa de renunciar que demuestra el ex gobernador de Mendoza, comenzó a circular el rumor de que algunos dirigentes cercanos a la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, estarían pensando en impulsar el juicio político para destituirlo. Sin embargo, los números no son favorables al FpV en la Cámara baja para que avance el enjuiciamiento.
Facultades constitucionales
Por mandato de la Carta Magna, es el Congreso quien tiene asignada la tarea de determinar si los funcionarios públicos del Poder Ejecutivo y los jueces que integran la Corte Suprema de Justicia de la Nación desempeñan sus funciones correctamente. Justamente, el instrumento mediante el cual el Poder Legislativo lleva adelante ese control es el llamado juicio político. Así lo dispone la Constitución nacional, en su artículo 53 en la parte donde dice que es la Cámara de Diputados la que “ejerce el derecho de acusar ante el Senado al Presidente, vicepresidente, al jefe de Gabinete de Ministros y a los miembros de la Corte Suprema, en las causas de responsabilidad que se intenten contra ellos, por mal desempeño o por delitos en ejercicio de sus funciones, o por crímenes comunes, después de haber conocido de ellos y declarado haber lugar a la formación de la causa por la mayoría de las dos terceras partes de sus miembros presentes”.
Por su parte, el artículo 59 asigna al Senado la tarea de “juzgar en juicio político a los acusados por la Cámara baja, debiendo sus miembros prestar juramento para este acto. Cuando el acusado sea el Presidente de la Nación, el Senado será presidido por el presidente de la Corte Suprema. Ninguno será declarado culpable si no a mayoría de los dos tercios de los miembros presentes”.
Por último el artículo 60 de la Constitución dispone que el fallo “no tendrá mas efecto que destituir al acusado, y aún declararle incapaz de ocupar ningún empleo de honor, de confianza o a sueldo de la Nación. Pero la parte condenada quedará, no obstante sujeta a acusación, juicio y castigo conforme a las leyes ante los tribunales ordinarios”.
Atornillado por los números
Las normas que regulan el procedimiento del juicio político se hallan contenidas en la Constitución nacional, en el reglamento interno de cada Cámara del Congreso y los reglamentos internos de las respectivas comisiones de Juicio Político. Allí se pueden diferenciar dos etapas dentro del procedimiento. La primera etapa consiste en el estudio de las denuncias presentadas, determinar si reúnen las condiciones objetivas y subjetivas del caso planteado y con ello decidir si se inicia lo que se conoce como etapa informativa (apertura del sumario). La segunda sobre la base de las pruebas obtenidas durante la sustanciación del sumario consiste en la confección de un dictamen que le permita a la Cámara de Diputados decidir si formulará la pertinente acusación ante el Senado de la Nación.
Por eso, el primer paso dentro de la primera etapa son los pedidos y denuncia de juicio político que se presentan ante la Cámara de Diputados, los cuales se giran a la Comisión de Juicio Político para su estudio. Esta comisión, según los acuerdos políticos, será presidida por el diputado oficialista Luis Cigogna, pero tendrá una conformación con mayoría opositora, 16 miembros contra 15. Sin embargo, el primer paso, el cual consta de un análisis previo a la denuncia, está garantizado porque queda en manos del presidente de la comisión, lo que asegura –al ser oficialista- que el caso llegue a la etapa informativa.
En esta parte del proceso de juicio político, el artículo 12 del reglamento interno, de la Cámara de Diputados, dispone que “si del estudio previo del expediente surgieran indicios ciertos y semiplena prueba de causales graves que hagan a la procedencia del juicio político, se procederá a abrir la instancia, mediante sustanciación del sumario, pudiéndose adoptar medidas” para recabar información. El artículo 13 del reglamento interno contempla la citación al acusado para que haga su descargo, lo cual constituye la aplicación a este proceso (de carácter político) de las garantías constitucionales del debido proceso y el derecho de defensa.
Una vez cumplido estos pasos informativos, el pleno de la comisión debe decidir si hace lugar al pedido. En el caso de que se intente realizar juicio político a Cobos, a priori, las especulaciones políticas indican que todo lo que fue denominado “Grupo A”en la sesión preparatoria de la Cámara baja, es decir la UCR, PRO, CC, PS, centroizquierda, GEN, Peronismo Federal y partidos provinciales -más allá de las diferencias internas con respecto a la figura del mendocino- se unirían para respaldar al vicepresidente y votarían en contra de que avance el proceso destituyente. Por lo que la intención del Frente para la Victoria quedaría abortada en la Comisión de Juicio Político de la Cámara baja, ya que su pedido no llegaría al recinto de Diputados.
En conclusión, Cobos seguirá en su cargo sin problemas, salvo que el mismo presidente del Senado decida renunciar para comenzar su campaña de cara al 2001. Más allá de esta posibilidad, nula por cierto, todos los pesos pesados del FpV comenzaron la campaña para esmerilar la figura de Cobos. Habría que ver hasta donde llega esta embestida, que dicho sea de paso beneficia día a día a la imagen del titular del Senado.