El diputado entrerriano no cree necesaria la iniciativa que el Poder Ejecutivo de su provincia planea enviar al Congreso provincial cuando comience el año legislativo.
Tras hacerse conocida la decisión del Poder Ejecutivo de Entre Ríos de enviar un proyecto de ley para modificar el estatus legal del régimen provincial de amas de casa, el presidente de la Cámara de Diputados entrerriana, Jorge Busti, puso en dudas la necesidad de la reforma.
Con la iniciativa, que se pretende enviar con el inicio de las sesiones ordinarias, a mitad de febrero, el Gobierno prende que no se considere una jubilación al beneficio que perciben las amas de casa y, con ello, sortear el argumento de la incompatibilidad con la prestación nacional que llevó a la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) a enviar intimaciones a las beneficiarias de ambos sistemas, bajo apercibimientos de suspender el otorgamiento de la jubilación nacional.
Con esta propuesta, el gobernador Sergio Urribarri busca atender un triple frente: el problema de quienes perciben el jubilación provincial, pero no la nacional, el de las beneficiarias de la prestación de la Anses que abonaron las cuotas correspondientes a la jubilación de Ama de Casa, pero no pueden cobrar porque la Nación planteó la incompatibilidad, y el de las jubiladas nacionales que en el futuro podrían incorporarse al régimen entrerriano.
Pero Busti recordó que “cuando se hizo la compensación de la Caja de Jubilaciones (las deudas que tenía la provincia con la Nación) no se tomó el régimen de amas de casa porque se dijo que no integraba el sistema de reciprocidad, es decir no lo tenían como un sistema jubilatorio, por lo tanto no hay que hacer ninguna otra ley”.
“Si el Anses no dijo nada cuando las inscribió en el régimen nacional y tampoco nos admitió en la compensación de deuda como sistema jubilatorio, queda palmariamente demostrado que no existe incompatibilidad”, interpretó.
El legislador realizó una presentación ante el Juzgado Federal en la que solicitó la “declaración de inexistencia de la supuesta incompatibilidad” y “de acuerdo a lo establecido por la Constitución Nacional en su artículo14º bis, que ambos beneficios son irrenunciables”, y agregó estar “absolutamente convencido, porque se ajusta a Derecho".
El planteo central de la acción judicial es que, a pesar de su nombre, la jubilación de amas de casa no es un sistema previsional, sino asistencial.
Sin embargo, sostiene que “el acto administrativo por el cual se otorgó el beneficio de la jubilación nacional está firme y no ha sido cuestionado, generando de esa manera un derecho adquirido de carácter netamente previsional, lo que es pasible de afectación actual. Caso contrario, la garantía del derecho de propiedad se vería seriamente vulnerada”.
Busti asegura que, en caso de que se declare la incompatibilidad de los dos regímenes, “se produciría una lisa y llana confiscación de aportes, y consiguiente violación del derecho de propiedad”.
Habría un “enriquecimiento ilícito de la administración pública provincial que convalidaría la Anses”, organismo que “no puede tener injerencia en regímenes provinciales especiales que no han celebrado convenio de reciprocidad con el ente”, sostuvo.