La iniciativa modifica los criterios para la aprobación de los decretos, al establecer que dentro de los diez días de dictado un decreto lo someterá a consideración de una Comisión Bicameral Permanente.
El diputado nacional Ricardo Alfonsín (UCR, provincia de Buenos Aires), presentó un proyecto de ley que tiene por objeto reglamentar la facultad constitucional del Poder Ejecutivo de dictar Decretos de Necesidad y Urgencia, modificando el régimen legal de la delegación legislativa y la promulgación parcial de leyes. También incluye la constitución de la Comisión Bicameral Permanente.
El proyecto en cuestión modifica los criterios para la aprobación de DNU, al establecer que dentro de los diez días de dictado un decreto lo someterá a consideración de la Comisión Bicameral Permanente.
Cuando las Cámaras estén en receso, el dictado de un decreto de necesidad y urgencia, un decreto por delegación legislativa o una promulgación parcial, importarán la convocatoria automática a sesiones extraordinarias.
Por otra parte, el proyecto indica que el rechazo expreso por ambas Cámaras del Congreso del decreto de que se trate, implicará su derogación retroactiva, quedando a salvo los derechos adquiridos durante su vigencia.
Si una Cámara rechaza en forma expresa un decreto de necesidad y urgencia, la decisión será comunicada a la otra Cámara de inmediato, debiendo ésta abocarse al tratamiento del tema con preferencia absoluta a cualquier otra cuestión, quedando expedita la consideración del asunto sobre tablas, como primer punto del orden del día para toda sesión ordinaria o extraordinaria del cuerpo sin que resulte para ello exigible mayoría especial alguna.
De no mediar coincidencia entre el pronunciamiento convalidatorio o abrogatorio de las Cámaras, se procederá a una nueva votación en cada una de ellas, en sesión especial que cada Cámara convocará de inmediato a ese efecto y si aún entonces se mantuviese la discrepancia, se entenderá que el decreto de necesidad y urgencia queda derogado, sin perjuicio de los derechos adquiridos durante su vigencia.
Alfonsín sostuvo que "los diputados firmantes del proyecto se basaron en la preocupación central de acotar, condicionar y disminuir las facultades del Poder Ejecutivo y dejar en claro que los DNU son una facultad excepcional que tiene el PEN".
"Excepto algunas pequeñas modificaciones y actualizaciones, el texto del proyecto reproduce el dictamen de minoría de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado de la Nación, de marzo de 2002, producido en el proyecto impulsado por el entonces senador nacional Raúl Alfonsín", explicó el vicepresidente primero de la Cámara de diputados de la Nación.
"Fue precisamente Raúl Alfonsín el inspirador de las reformas que tendían asegurar un mejor equilibrio entre poderes y desconcentren las facultades presidenciales", recordó finalmente el diputado nacional.