Aprueban pensiones graciables para detenidos durante la dictadura

La Cámara de Senadores bonaerense aprobó con modificaciones un proyecto de ley que cambia el artículo 1ª de la Ley 14.042, Pensión graciable para ex detenidos, y el artículo 16 del Decreto Ley 9650, del Régimen provisional de la provincia y modificatorias.

La Cámara de Senadores bonaerense aprobó con modificaciones un proyecto de ley que cambia el artículo 1ª de la Ley 14.042, Pensión graciable para ex detenidos, y el artículo 16 del Decreto Ley 9650, del Régimen provisional de la provincia y modificatorias.

La normativa incorpora, como beneficiarios de la pensión graciable para ex detenidos, a “aquellas personas que hasta el 10 de diciembre de 1983 hayan sido condenadas por un Consejo de Guerra, puestas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, privadas de su libertad o hayan tenido que exiliarse por causas políticas, gremiales o estudiantiles como consecuencia del accionar de las Fuerza Armadas, de Seguridad, Policiales, Parapoliciales, Paramilitares o Civiles incorporados de hecho a alguna de las fuerzas”.

La Ley 14.042 establece una pensión graciable para aquellas personas que durante el período comprendido entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983 hayan sido condenadas por un Consejo de Guerra.

Los diputados entendieron que la normativa que nos ocupa debía ser modificada, ya que la fecha normada, 24/03/76, no coincide con la vigencia del estado de sitio establecido el 6 de noviembre de 1974 por decreto del Poder Ejecutivo nacional N° 1368/74.

Los senadores no establecieron límite alguno hacia atrás, limitándose a consignar “hasta el 10 de diciembre de 1983”. Así las cosas, la iniciativa de la diputada bonaerense del FpV Marta Médici, deberá ser considerada nuevamente en la Cámara de Diputados, y allí se resolverá el destino del expediente en curso.

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