El dirigente piquetero acordó con la mujer que lo antecedía en la lista de diputados para que no asuma, permitiendo que lo haga él en su lugar. Pero ya advierten desde el Parlamento que eso no puede aceptarse.
Raúl Castells será diputado nacional y eso es noticia. Es que el dirigente piquetero ocupaba el tercer lugar en la lista bonaerense que postulaba a Alberto Rodríguez Saá para presidente de la Nación, y según el escrutinio, sólo ingresaron dos diputados por esa nómina. ¿Cómo es que ingresará entonces al Congreso? Por un acuerdo con la número dos de esa lista, Ramona Pucheta, quien renunciará a su banca tal vez lo habían establecido previamente, de modo tal que el titular del Movimiento Independiente de Jubilados y Desocupados (MIJD) pudiera acceder a ese escaño.
El propio Castells lo confirmó por Radio 10, donde aclaró que no tendrán que esperar a que el Parlamento se expida, ya que "hay un código electoral, una ley que regula estas cosas, que tiene un articulado en el número 167, que establece que es así".
"La Justicia Electoral nos objetó que yo iba en segundo lugar y pedía que fuese una mujer, entonces se convino con una dirigente de nuestro movimiento, Ramona Pucheta, que fuese en ese lugar así podíamos oficializar la lista", señaló Castells, quien precisó que "en ese marco se hizo así y en ese marco voy a jurar como diputado nacional el 10 de diciembre".
El tema no cayó para nada bien en el Congreso de la Nación, no porque se trate de Castells, sino porque se estaría violando el espíritu de la Ley de Cupo. Así las cosas, la diputada del Pro Paula Bertol objetó dicho acuerdo y advirtió que "de ninguna manera puede aceptarse que el cupo femenino pase a ser testimonial".
A través de un comunicado, advirtió que "es imposible pensar que se dé lugar a las pretensiones del partido Compromiso Federal".
"En los considerandos del decreto 1246 se expresó con claridad que la finalidad de la ley 24.012 (Ley de Cupo Femenino) era lograr la integración efectiva de las mujeres en la actividad política", señaló Bertol, para quien dicha norma "sienta un principio de interpretación indiscutible" y aseguró que "esta medida sólo se aplicará en el caso de reemplazo de mujeres".
“Además, el citado decreto sienta un principio de interpretación indiscutible al decir en su artículo 9 "cuando una mujer incluida como candidata en una lista oficializada falleciera, renunciara, se incapacitara o cesara en el cargo por cualquier circunstancia antes de la realización de los comicios, será reemplazada por la candidata mujer que le siga en la lista respectiva. Esta medida sólo se aplicará en el caso de reemplazo de mujeres”, continuó Bertol.