La Legislatura bonaerense evaluará modificar la normativa que estipula las convocatorias a Audiencias Públicas para permitir que esa posibilidad pueda ser realizada por la ciudadanía en general y no solamente por los gobernantes, en caso de prosperar una iniciativa presentada en el Senado provincial.
Se trata de un proyecto de ley impulsada por la senadora bonaerense de la CC María Isabel Gainza, que propone una modificación a la ley 13.569 para permitir la convocatoria a audiencias públicas por parte de la población.
En un comunicado, la legisladora bonaerense explicó que el objetivo central del proyecto es modificar esta normativa bonaerense dado que en su letra actual “no se contempla la posibilidad de que las Audiencias Públicas sean convocadas por la ciudadanía, dándole esta potestad únicamente a los gobernantes”.
“Si bien las autoridades son quienes nos deben representar, se debe dar la posibilidad de que esa representación esté acompañada de las opiniones, objeciones o consultas realizadas por la población. Población sobre la cual se está legislando o llevando a cabo la ejecución de proyectos y programas de los cuales formará parte como ciudadano, más allá de que su voluntad esté a favor o en contra”, consideró.
Gainza agregó que “es imprescindible que las autoridades escuchen y den lugar a que la ciudadanía sea parte del proceso de convocar a una Audiencia Pública cuando su derecho subjetivo invoque un interés sobre alguna temática en particular, la participación pública forma parte de los países que pregonan la democracia, imprimiendo un singular dinamismo; lo transforman en un canal permanente entre gobernados y gobernantes”.
A falta de una legislación que faculte a la población la capacidad de dar convocatoria a una audiencia pública, ejemplifica Gainza, “hay municipios como el de General Pueyrredón y Lomas de Zamora que han tenido que sancionar sus propias ordenanzas. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ya se encuentra regulada por la Ley N° 6. El mecanismo de la audiencia pública se encuentra vinculado con el derecho a la defensa, lo que dentro del marco del procedimiento administrativo se traduce a que todo ciudadano interesado debe ser oído con carácter previo a la emisión de un acto que pueda afectar sus derechos subjetivos o intereses legítimos conforme artículo 1, inc. f de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos”.
Por estas razones, la senadora provincial pide a sus pares que “proporcionemos a la ciudadanía la atribución de convocar a los gobernantes y a la población a audiencia pública en base a los temas que son de su preocupación e interés, para de este modo dar por extinguidas las lagunas de la participación ciudadana y las erróneas decisiones llevadas a cabo por los gobernantes, por no haber escuchado a la ciudadanía. La audiencia pública no es un instituto que se esté utilizando actualmente en la Provincia de Buenos Aires aún siquiera por las propias autoridades que se encuentran avaladas de hacerlo según la Ley N° 13.569”.